Crimen del remisero: Condena de 10 y 20 años para los autores

Crimen del remisero: Condena de 10 y 20 años para los autores
Dos de los tres acusados por el crimen del remisero Daniel Rolando Barnuj fueron condenados a 20 años de cárcel, en tanto el tercer implicado recibió una pena de 10 años de prisión, tras ser sido encontrados por la Justicia culpables del alevoso asesinato ocurrido en la madrugada del 19 de agosto de 2010.

El fallo pertenece a los jueces de la Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia, Ricardo Rojas, Maria Nicora Buryaile y Beatriz Luisa Zanín, como corolario de una profusa investigación judicial que culminó con el juicio oral y público y la posterior sentencia condenatoria a los tres acusados del atroz crimen ocurrido en el barrio Mariano Moreno.

El día del hecho, alrededor de las 3.30 de la fecha referida, en la esquina de avenida Pueyrredón y Salta, los tres jóvenes –que previamente habían estado consumiendo cocaína- abordaron el remis conducido por la víctima e inmediatamente después de que el rodado comenzara a desplazarse, intimidaron a Barnuj, ordenándoles que les entregue la recaudación.

Ante la negativa de este, uno de ellos le tomó del cuello desde atrás en tanto el joven que iba como acompañante le apuñaló, deteniéndose el automóvil sobre el carril izquierdo, tras lo cual el agresor bajo del rodado pasó por delante de él y abrió la puerta del conductor para continuar asestándole sucesivos puntazos al indefenso remisero, que continuaba reducido por el otro malviviente, sufriendo este último un corte en una de sus manos.

La víctima recibió un total de 19 puñaladas en distintas partes del cuerpo, falleciendo casi en el acto. Por último los tres sujetos advirtieron que eran observados por un vecino desde un balcón, razón por la que ante el brutal ataque y pretendiendo lograr impunidad, se dieron a la fuga con las manos vacías.

Horas después los tres agresores fueron detenidos por la Policía, pese a que realizaron una serie de maniobras para no ser identificados ni apresados.

Pruebas

De la investigación llevada a cabo en la etapa intructoria, como así también durante el juicio oral y público, además de las pruebas testimoniales y documentales y el análisis de las comunicaciones telefónicas y mensajes de textos remitidos entre los implicados, los jueces de la Cámara Segunda pudieron determinar que existió un acuerdo previo para cometer el robo, empleando armas blancas, contra un remisero indeterminado.

En primer término llamaron a un tal Sergio, cuya tarjeta tenían en su poder, pero como éste se encontraba fuera de servicio, concurrió en su reemplazo Daniel Rolando Barnuj quien minutos después terminó siendo ultimado a puñaladas.

El Tribunal sostuvo que quedó plenamente acreditada la intervención de los tres acusados en el hecho y que todos decidieron e iniciaron el robo al infortunado remisero, quien al resistirse fue apuñalado, produciéndose su muerte a raíz de las 19 heridas recibidas.

Los jueces establecieron que los tres implicados cometieron el delito de robo agravado por el resultado muerte, indicando que si bien los tres tuvieron activa participación en el caso, dos de ellos fueron quienes le profirieron las 19 puñaladas a la víctima, aplicando a los mismos la pena de 20 años de prisión.

El tercer involucrado –que viajaba en el asiento de atrás del remis en dirección al asiento del acompañante- recibió la pena de 10 años de cárcel en orden al mismo delito y aunque si bien no fue quien atacó a la víctima, este continuó en compañía de los demás intervinientes antes, durante y después de consumado el alevoso crimen.

“Resulta a partir de allí palmario que todos los sujetos activos fueron dispuestos a robar y a emplear la violencia que fuera necesaria para alcanzar ese objetivo; incluso conociendo la posibilidad del empleo del arma blanca que sabía que portaban, razonamiento que resulta lo suficientemente demostrativo de que lo suscitado implicó la aceptación por parte de este imputado de su eventual utilización”, sostiene en su voto el juez Ricardo Rojas, al que adhirieron sus pares, Buryaile y Zanín.

Los jueces de la Cámara Segunda coincidieron en señalar que este acusado no ignoraba que su amigo portaba el arma con la que finalmente causaron la muerte del remisero. “Esta circunstancia, lo torna pasible del reproche que se le efectúa en orden a tal ilícito, al haber puesto -junto con los demás intervinientes- las condiciones básicas para que suceda la muerte de la víctima, siendo igualmente responsable de lo que ocurra a partir del momento en que iniciaron su accionar”, dice el fallo judicial.

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