El Tribunal de Impugnación Penal le redujo la pena a Sergio "El Monito" Rodríguez (foto), condenado por el homicidio de Eulogio "Bebo" Rodríguez. En primera instancia había recibido una pena de 13 años de prisión. Ahora, se la bajaron a 10 años.
Los jueces del TIP, Pablo Balaguer y Filinto Rebecchi la redujeron este miércoles la pena a Sergio Rodríguez de 13 a 10 años de prisión por el crimen de Eulogio "Bebo" Rodríguez.
Los integrantes del Tribunal de Impugnación Penal no le hicieron lugar a la defensa del condenado, a cargo del abogado Gastón Gómez, que había pedido la impugnación de la condena. Pero le aceptaron parcialmente el recurso referido al monto punitivo de la condena.
En el acto estuvieron los dos jueces, como integrantes de la Sala A y no se hicieron presentes ni el abogado defensor de Rodríguez ni los representantes de la querella.
Los jueces Carlos Mattei, Mauricio Piombi y Néstor Ralli, por unanimidad, habían condenado el 30 de septiembre a Sergio “El Monito” Rodríguez (25) como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple a la pena de 13 años de prisión por el crimen de Eulogio “Bebo” Rodríguez (36), ocurrido el 23 de octubre de 2013 en el barrio Peñi Ruca de esta ciudad.
Ahora, el TIP dijo que “teniendo en cuenta las especiales características que presenta el caso, la escala penal fijada resulta excesiva”. Los jueces destacan que en la audiencia de juicio “omitió analizar cuestiones relativas a las características del hecho cometido”.
“Entrando al análisis específico del hecho cometido por Rodríguez, es indudable que el mismo se produce a consecuencia de una discusión entre víctima y victimario y con gran probabilidad de que se encontraran alguno de ellos, o todos, en estado de ebriedad”, indican Balaguer y Rebecchi.
“Este tipo de hechos con consecuencias fatales en muchos casos son propios de ciertos grupos sociales en el que se reunen varias personas (en este caso solamente dos) y por cuestiones triviales comienzan una discusión que puede llevar a que se agredan físicamente, trayendo como consecuencia algún lesionado o una víctima fatal como sucedió en el presente caso”, añaden.
“Si bien este tipo de hechos deben ser penados por la ley, también deben ser considerados algunos de los aspectos” que hizo notar el defensor “al momento de fijar la pena a imponer, a los fines no de justificar bajo ningún concepto este tipo de acciones, sino a los efectos de la graduación de la pena a imponer, que justamente esa fue la intención del legislador al fijar una diferencia entre el mínimo y el máximo de 17 años de prisión (de 8 a 25)”, explica.
“En mérito a todo lo expuesto, consideramos que no encontramos razones valederas para imponer a Rodríguez una sanción punitiva como la impuesta (13 años de prisión), por lo cual es criterio de los suscriptos que corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de impugnación”, indican finalmente.
En el fallo original, los jueces entendieron que Sergio Rodríguez aprovechó “la nocturnidad y la situación de indefensión” en que se encontraba la víctima cuando le aplicó una puñalada en el tórax que le causó la muerte.
“La extensión del daño causado por su accionar impactó directamente en el desarrollo del grupo familiar de la víctima, determinando a su pareja e hijos menores a continuar sus vidas sin poder contar con el invalorable acompañamiento en su crianza y desarrollo en la misma, además de la pérdida del sustento que el mismo les procuraba”, valoraron los jueces.
En los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal, Carlos Ordás, había pedido una condena de 15 años de prisión. En los alegatos, la abogada de la parte querellante, Vanesa Ranocchia, había pedido una pena de 17 años de prisión. El abogado defensor, Gastón Gómez, alegó por la absolución de su defendido.
El miércoles 23 de octubre de 2013, a las 23:15 horas, en la esquina de Víctor Lordi y 17 de Octubre, Sergio Rodríguez apuñaló a Eulogio Rodríguez. La herida fue a la altura del pulmón. Después de seis días de agonía, falleció. Sergio Rodríguez, después de permanecer prófugo durante tres días, se entregó en la Seccional Tercera y quedó detenido.
Los testigos que declararon en el juicio fueron claves para conocer lo ocurrido la noche del 23 de octubre del año pasado. Alejandra Verónica Cáceres, esposa de Eulogio Rodríguez, contó que “habíamos terminado de cenar, yo estaba juntando la mesa y Bebo me dijo que se iba a fumar un cigarro afuera. Yo me quedé en casa. Fui al baño y escuché que alguien gritó ‘puto, cagón’. No me llamó la atención porque es normal que discutan y peleen en el barrio. Salí del baño, me puse a lavar los platos y observé que mi marido pasó al baño. Me pidió que le alcanzara una remera y cuando entré al baño lo vi apoyado y con una mano agarrándose. Le pregunté qué le había pasado y me dijo: “El Monito me pegó una puñalada”. Y me pidió que me quedara con los chicos y que hiciera la denuncia”, relató Cáceres.
Carlos Adolfo Rojas fue el hombre que llevó a “Bebo” Rodríguez hasta el hospital Evita.
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