La Corte rechazó el pedido de revocatario en contra de la cautelar interpuesta por los jueces del caso Verón

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de revocatoria que había presentado el PE contra la cautelar que benefició a los magistrados Piedrabuena y Romero Lascano.
El PE sufrió ayer un nuevo revés judicial en torno al pedido de juicio político promovido por Susana Trimarco contra los magistrados que absolvieron a los 13 acusados en el juicio por la desaparición de su hija Marita Verón.

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de revocatoria que había interpuesto la administración de José Alperovich contra la sentencia dictada por ese mismo Tribunal en abril último poniéndole freno al proceso de destitución contra los camaristas Eduardo Romero Lascano y Alberto Piedrabuena. Previamente, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo había apartado provisoriamente del proceso de remoción a Emilio Herrera Molina, tercer vocal del Tribunal que el 11 de diciembre absolvió a los acusados de secuestrar y explotar sexualmente a "Marita".

Romero Lascano y Piedrabuena solicitaron la cautelar y reclamaron, como cuestión de fondo, que se declare inconstitucional la integración del Jury de Enjuiciamiento que debía definir su suerte, debido a la designación de Daniel Posse y René Goane como respectivos representantes titular y suplente de la Corte en dicho órgano. Adujeron que esa decisión violó la cláusula de la Constitución (artículo 126) que prohibía integrar el Jurado con miembros del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM).

El 4 de abril, la Corte concedió la cautelar requerida y frenó el proceso de destitución contra los camaristas, luego de que la comisión de Juicio Político decidiera acusarlos ante el Jury, hasta tanto se defina la cuestión de fondo.

La Provincia apeló esa decisión mediante un recurso de revocatoria, el cual finalmente fue rechazado ayer por el Superior Tribunal, que confirmó la medida que impide continuar con el planteo reclamado por Trimarco.

Debido a la recusación de todos los miembros naturales de la Corte (Posse, Goane, Antonio Gandur, Antonio Estofán y Claudia Sbdar), el fallo fue firmado por los conjueces Ebe López Piossek, Salvador Norberto Ruíz, Sergio Gandur (higo del vocal) y Marcela Fabiana Ruíz (recientemente nombrada por Alperovich). Los tres últimos son quienes en abril dictaron la cautelar a favor de Romero Lascano y Piedrabuena.

En su apelación, el PE advirtió que la sentencia tenía "una notoria carencia de fundamentos que redundan en su arbitrariedad y gravedad institucional" puesto que "no se encuentran configurados la verosimilitud de derecho ni el peligro de la demora".

Además, el Gobierno objetó que se haya paralizado un proceso que involucra "actividades públicas legítimas que gozan de presunción de legitimidad, como las atribuidas a la comisión de Juicio Político y el Jury de Enjuiciamiento".

En su fallo de ayer, la Corte advierte que "a poco de analizar el contenido y extensión de los agravios aludidos por la Provincia, se advierte la improcedencia del recurso planteado". En primer término, se aclara que las argumentaciones del PE "no alcanzan a desvirtuar el principal razonamiento en el que se apoya la anterior sentencia, cual es la posibilidad de una eventual sentencia de fondo favorable a los actores pueda tornarse ilusoria de avanzar en contra de éstos el procesamiento de enjuiciamiento político".

Por otro lado, se hizo notar que "luego del dictado de la sentencia de fondo, eventualmente y de darse una hipotética solución favorable a la postura asumida en autos por el Estado provincial, éste podrá continuar con el ejercicio de su función de contralor respecto de los magistrados de que se trata (Piedrabuena y Romero Lascano) y arribar a las conclusiones que estime pertinentes". "Contrariamente -aclaró la corte en su sentencia- en el caso de éstos (jueces) se presenta patente la irreparabilidad del perjuicio que podría generar la continuidad del trámite de juicio político si la sentencia de fondo llegase a ser favorable a sus intereses".

La Provincia ya hizo reserva del caso federal y apelará este fallo adverso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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