Pedía que le devuelvan la concesión hasta que se sustancie el proceso de impugnación contra el decreto que le quitó la explotación.
La Corte de Justicia de la provincia rechazó la medida cautelar interpuesta por la firma Línea GM SRL contra el del decreto Nº 2038, por el cual se le quitó la concesión de la explotación del servicio de la Terminal de Ómnibus.
Ahora el máximo tribunal abrió un proceso judicial sobre el instrumento, y se espera que se corra traslado al gobierno para que ejerza su defensa.
Así lo hizo conocer el fiscal de Estado Carlos Bertorello, quien comentó que la firma planteó una acción contenciosa administrativa con una medida cautelar previa, en la que pide que mientras se sustancia el proceso, se suspenda el efecto del decreto provincial. “Este pedido fue rechazado por la Corte de Justicia y ahora el trámite es que corra el traslado de la demanda para que el gobierno conteste, poniendo nuestro fundamento a consideración del máximo tribunal. Es decir, está en el primer paso procesal, pero vale aclarar que aún no fuimos notificados”, afirmó.
El funcionario explicó que apenas el gobierno dictó el decreto, la empresa Línea Guido Mogetta presentó una acción de amparo ante la Corte, que lo declaró inadmisible al entender que había que discutir otros puntos y que “el amparo no es lo suficientemente amplio como proceso judicial para que pudiera ser tratado bajo esa forma”. Con este revés, la exconcesionaria fue con un contencioso administrativo, cuestionando los alcances y validez del decreto con una medida cautelar.
“La cautelar fue considerada improcedente, y ahora comienza el trámite de la causa con el traslado a la Provincia para que conteste. Si se hubiera aceptado, la Terminal hubiera vuelto a la concesionaria anterior”, señaló Bertorello.
En ese orden, dijo que la Corte de Justicia subraya en el documento que el decreto está dictado en tiempo y forma y con los fundamentos suficientes. “La única forma de que se revea es a través de la sustanciación completa de la prueba, porque no alcanzan los elementos o justificativos técnicos y de hecho de la demandante para hacer lugar a una medida de tal importancia”, expresó.
Una vez que la Justicia corra traslado, el gobierno tiene quince días hábiles para defender el decreto. “No tenemos mucho de qué hablar. Obviamente se harán las consideraciones técnicas que correspondan, pero es un decreto absolutamente bien fundado, completo, donde se ponen de resalto todas las causales que determinaron la cesación del contrato de concesión, fundamentalmente por el vencimiento del plazo”, concluyó el fiscal de Estado.
Límites
Consultado por el fallo de la Corte Suprema por el tema limítrofe con Santiago del Estero, el fiscal de Estado afirmó que hizo lugar al planteo de la provincia de Catamarca.
“La provincia de Santiago del Estero planteó en 2001 una cuestión de límites, sosteniendo que estaba vigente la ley 22474, que es de la época de facto, donde se fijaban determinados límites, y la provincia de Catamarca entendió que no correspondía” (sic), comentó Carlos Bertorello.
Detalló que en el año 83, cuando era senador nacional Vicente Saadi, quien presentó un proyecto para pedir la nulidad de la ley y que los límites fueran fijados por el Congreso, no contó con el acompañamiento de éste.
En 2001, cuando Santiago del Estero realizó el planteo, el gobierno del FCS continuó con la postura jurídica de que no correspondía que lo trate la Corte Suprema, pues los límites no están determinados.
“La Corte no dio hizo lugar al planteo de Santiago porque podría violentar alguna de las garantías propias de las provincias con respecto a su integridad territorial”, afirmó.
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