Los recursos son para que sea la Corte de la Nación la que defina si puede prestar declaración indagatoria.
Ayer había publicado que el día 2 de Setiembre pasado, falló la Corte Suprema de Justicia de Salta sobre el recurso de casación apelado por Romero. El fallo autoriza a llevar a Juan Carlos Romero a Indagatoria y explica que sus fueros no pueden evitarlo.
Ante esa publicación hoy la Corte informó mediante un comunicado:
"Los recursos son para que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que defina si es que puede prestar sin más trámite declaración indagatoria o no en las cinco causas que se tramitan en su contra, informaron desde el Poder Judicial de Salta.
El recurso extraordinario federal, tal la denominación de la vía elegida, fue presentado contra las decisiones de la Corte de Justicia local que rechazó la casación contra las resoluciones de las instancias anteriores y que habían ordenado, en consecuencia, que Romero preste directamente declaración sin su previo desafuero como senador nacional, tal como establece la ley nacional 25320, conocida como “ley de fueros”.
El último planteo extraordinario fue interpuesto contra el rechazo de la casación en la causa conocida como “La Ciénaga”. Previamente la defensa técnica de Romero había presentado recursos similares en otras cuatro causas. Todos los recursos están en distintas instancias del trámite respectivo".

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