La Corte frenó, por el momento, el accionar del Jury contra los jueces del caso Verón

La Corte frenó, por el momento, el accionar del Jury contra los jueces del caso Verón
El Máximo Tribunal dictó una medida cautelar en la que hizo lugar a la presentación de Eduardo Romero Lascano, quien cuestionó la integración del Jurado de Enjuiciamiento por parte del vocal de la Corte, Daniel Posse y el Fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa. La medida rige hasta tanto el Máximo Tribunal se expida sobre la cuestión de fondo.
El gobierno de José Alperovich sufrió un nuevo revés judicial, esta vez de parte de la Corte Suprema tucumana, que frenó el proceso de destitución promovido por Susana Trimarco contra los jueces que absolvieron a todos los imputados en el juicio por la desaparición de su hija, “Marita” Verón, quien hace 11 años habría caído en manos de una red de trata de personas.

Un día después de que la comisión de Juicio Político de la Legislatura elevara la acusación por mal desempeño contra los magistrados Alberto Piedrabuena y Eduardo Romero Lascano, ayer la Corte hizo lugar a una acción cautelar presentada por éste último, quien cuestionó la constitucionalidad de la integración del Jury de Enjuiciamiento.

El Máximo Tribunal, que debido a la inhibición de sus miembros naturales debió ser integrado por los conjueces Salvador Ruiz, Sergio Gandur -hijo del vocal de la Corte- y Marcela Fabiana Ruíz (los dos últimos nombrados recientemente en sus cargos por el gobernador José Alperovich), le ordenó a la comisión de Juicio Político de la Legislatura y al Jury de Enjuiciamiento que se abstengan de seguir adelante con el proceso de remoción contra los jueces del caso Verón, hasta tanto recaiga sentencia sobre la cuestión de fondo.

En este sentido, Romero Lascano reclamó que se declare inconstitucional, por incompatible, la designación de un miembro de la Corte, como es el caso de Daniel Posse, como integrante del órgano encargado de resolver la destitución de los jueces.

Al respecto, Romero Lascano sostuvo en su presentación que Posse y el otro vocal de la Corte, René Goane, no pueden formar parte del Jury (en su carácter de miembros titular y suplente) dado que, con anterioridad, integraban el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), lo que se encuentra expresamente prohibido por la Constitución provincial, en su artículo 126.

Es dable remarcar que, pese a haber renunciado ambos vocales de la Corte al CAM luego de percatados de esta incompatibilidad, el juez de la Sala II de la Cámara Penal remarcó que, al tratarse de una afectación de orden público, la misma no puede ser salvada con la dimisión de Posse y Goane al órgano seleccionador de jueces.

A su vez, Romero Lascano objetó la designación del Fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, en el Jury, puesto que también contradice lo establecido en la letra constitucional, donde se remarca que la conformación debe llevarse a cabo con un representante del Poder Ejecutivo (además de cinco de la Legislatura, uno de la Corte y uno de los abogados en ejercicio de la profesión), mientras se prohíbe la participación del Gobernador y Vicegobernador. Advirtió que Posse Ponessa, al representar al PE y ser elegido por su titular, estaría inmerso en una violación de la prohibición mencionada, en tanto argumentó que se lesiona la garantía objetiva de imparcialidad con la que debe contar para su accionar el Jurado de Enjuiciamiento.

Vale indicar que la decisión adoptada por la Corte, frena el proceso que debía encarar el Jury que incluye también a Piedrabuena, quien se adhirió a la presentación judicial de Romero Lascano el último miércoles.

Es necesario indicar que, en el pronunciamiento del Tribunal se deja constancia que la aceptación de la medida cautelar dictada en favor de Emilio Herrera Molina (en razón a su petición para acceder a los beneficios jubilatorios, que fuera denegada por Alperovich) "torna igualmente prudente el acogimiento favorable" a la medida interpuesta por Romero Lascano.

Otra de las cuestiones a tener en cuenta es que la decisión sobre la cuestión de fondo recaerá también en los conjueces que ayer le dieron la razón a los magistrados apuntados por Trimarco, en razón que los cinco vocales titulares de la Corte (Antonio Estofán, Claudia Sbdar, Antonio Gandur, Posse y Goane) se encuentran inhibidos de participar en la causa debido a que fueron ellos quienes rubricaron los actos de designación de los representantes de la Corte en el Jury.

Se espera que el Gobierno tucumano apele la medida cautelar dispuesta ayer por el Máximo Tribunal de Justicia, en función de su decisión política de avalar el reclamo de la madre de Marita Verón para que los jueces que absolvieron a los acusados de secuestrar a su hija sean destituidos de sus cargos.

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