Corregido presentó denuncia ante el Ministerio de Justicia de la Nación

Mientras en la Cámara de Diputados vuelven a aflorar nuevas iniciativas parlamentarias que a todas luces pretenden volver a foja cero la puesta en marcha de la Defensoría del Pueblo del Chaco, el designado defensor Gustavo Corregido llevó adelante una presentación ante el Ministerio de Justicia de la Nación con la finalidad de que el organismo constitucional para el que fue designado pueda entrar en funcionamiento.
En la presentación ante la delegación chaqueña del Ministerio de Justicia claramente denuncia la demora en la puesta en funcionamiento del Instituto creado por la reforma Constitucional de 1994, y en el que deja constancia que fue electo por la Legislatura en julio del año pasado para ejercer esa función. Corregido se entrevistó con Sebastián Sánchez, coordinador del Centro de Acceso a la Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que funciona en la ciudad de Resistencia. En ese encentro entregó una nota del mismo tenor de la acción de amparo presentada ante la Justicia provincial, que mereció la resolución del juez civil y comercial Julián Flores, el dictado de una medida cautelar por la que se intima a los diputados y al Poder Ejecutivo a que arbitren los medios necesarios para que la Defensoría del Pueblo comience a funcionar. Lo que sigue Esta presentación llega a menos de un mes de que la Cámara de Diputados lleve adelante dos sesiones extraordinarias, una de ellas para tratar el veto del Ejecutivo a la polémica ley de creación de estructura en la cual los legisladores nombraron a familiares y amigos, y la otra para abordar el proyecto de ley del bloque justicialista para que la selección del personal sea por concurso de antecedentes y oposición, pero agregando también la misma condición para elegir el defensor. En esta segunda sesión extraordinaria se agregaría en el temario el proyecto del actual presidente del Poder legislativo, Eduardo Aguilar, en la que busca volver atrás con la designación del defensor y eliminar la figura del defensor adjunto, cargo para el que fue designado Daniel Illia. La nueva propuesta Aguilar en su proyecto sostiene se introduce un procedimiento inédito para el ejercicio de las facultades que la Constitución de la Provincia reserva para la Cámara de Diputados. En el primer capítulo se propone la derogación de la Ley Nº 6817, por la cual se introdujeron una serie de reformas a la Ley 4190 (de reglamentación del inciso 16) del Artículo 119 de la Constitución Provincial 1957-1994), entre las cuales sobresale la creación de la figura del Defensor del Pueblo Adjunto, no prevista en el texto constitucional, y que oportunamente generó una pública controversia en los ámbitos de la política y la sociedad locales. “Con la derogación de esta polémica Ley, la legislación vigente para el Defensor del Pueblo se retrotrae a la Ley Nº 4190, respetando de esta manera el espíritu de nuestro texto constitucional. Seguidamente, y esto constituye el corazón de la propuesta, se sugiere la implantación de la autolimitación de facultades de la Legislatura en esta materia, mediante la institucionalización de un proceso de selección en el que podrán presentarse todos aquellos ciudadanos interesados en cumplir el rol de trascendencia que Constitución chaqueña le asigna al Defensor del Pueblo. En igual sentido, nuestra iniciativa institucionaliza la participación de actores de la sociedad civil en sesiones públicas y mediante la presentación, por escrito, de observaciones, impugnaciones o adhesiones a los aspirantes al cargo”. Resalta que en el tercer capítulo “se establecen la remuneración del Defensor del Pueblo, que será equivalente a la retribución de un diputado, y la estructura de cargos de la que dispondrá. Despejando uno de los elementos polémicos que se generaron en torno a este tema, se prevé que para cubrir los cargos de la Defensoría deberá efectuarse un concurso público y abierto de antecedentes y oposición, que deberán pasar todos los postulantes que se integrarían al instituto, a excepción de seis cargos de gabinete que el Defensor podrá nombrar como personal que lo acompañe mientras dure su ejercicio del cargo”. Atendiendo también la necesidad de poner en marcha de manera perentoria el instituto previsto en la Constitución, “el proyecto prevé que el Defensor del Pueblo entra en funciones de manera inmediata y automática, 45 días después de promulgada la iniciativa”. En la última parte del proyecto, el capítulo IV, se refiere a la modificación de otras normas legales que comprenden el ámbito de actuación del instituto del Defensor del Pueblo, como lo es el caso de la Ley de Administración Financiera, a la que se le modifican los artículos 4º y 7º, con la finalidad de situar al Defensor del Pueblo en la órbita de la Administración Central junto con el resto de las jurisdicciones que la integran fuera del ámbito del Poder Ejecutivo. “Con la propuesta que elevamos a esta Cámara de Diputados pretendemos aportar a la solución del problema generado por la larga mora en poner el marcha el instituto del Defensor del Pueblo, así como a la superación de los inconvenientes, de público conocimiento, provocados tanto por leyes como por declaraciones que merecen la observación critica del pueblo del Chaco, elementos todos estos que han llevado a una situación de parálisis que es necesario superar por medio de conductas y procedimientos de máxima objetividad y transparencia”.

Comentá la nota