Coprotur: 36 fojas de cuestionamientos y observaciones

Coprotur: 36 fojas de cuestionamientos y observaciones
Más allá de los tecnicismos obvios por tratarse de un informe elaborado por profesionales de la contabilidad y funcionarios del estado provincial, las 36 fojas del expediente escrito por los relatores del Tribunal de Cuentas de la ciudad, resulta contundente respecto del análisis realizado sobre la documentación aportada por el Coprotur para justificar los gastos realizados por el ente durante el año 2011.
El documento está firmado por Jorge Daniel Sardi, Oficial Mayor de Estudios, y por la Cra. Paula Pérez, Relatora de la Vocalía "A" del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

Una copia de las 36 fojas se encuentra desde anoche en el despacho del intendente interino Gustavo Bevilacqua, de acuerdo con el adelanto realizado esta mañana en nuestro programa de radio y ratificado en el espacio de "chimentos y rumores" de nuestro diario digital, según consta en crónica aparte.

Además de Bevilacqua, el informe fue recibido entre ayer y esta mañana por el intendente en licencia Cristian Breitenstein, el Presidente del Concejo Deliberantee Carlos Moreno, el Presidente del Corpotur por entonces Sergio Paladino, por la actual concejal y tesorera del ente Soledad Espina, y los concejales Cristina Molina y Julián Lemos y los ex concejales Marita Brusa y Gerardo Veroli.

Respecto de estos dos últimos, cuyos mandatos expiraron en el 2009, es porque figuran en las actas del 2007 y 2008 cuando el Coprotur empezaba a dar sus primeros pasos según la ordenanza aprobada por el Concejo durante el año 2007.

De la lectura de las 36 fojas, a simple vista, se desprende que las mayores responsabilidades recaen sobre el Presidente Sergio Paladino y sobre la Tesorera Soledad Espina.

¿Qué es lo que cuestiona y observa el Tribunal de Cuentas?

Desde el punto de vista de las disposiciones legales, por ejemplo que no esté el listado de los ingresos y/o recursos percibidos/devengados en los ejercicios 2008, 2009 y 2010.

Que la vicepresidencia otorgada al sector privado (Rodolfo Peratta de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares y Afines) se hizo en contraposición al decreto reglamentario 263/2008.

Que no se realizó la designación de un protesorero. Que la cantidad de miembros titulares y suplentes no es la que corresponde de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno.

Que el Coprotur no haya sido inscripto ni en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas ni en el Registro de Consorcios.

Que resulta inexistente el estatuto del Consorcio y que falta la rúbrica de los Registros Societarios.

Que tampoco están los registros contables y por lo tanto sus contenidos. Es decir que no existen el Libro Diario General y el Libro de Inventario y Balances.

Que no hay constancia de que se hayan realizado reuniones mensuales del Directorio como lo establece también el Reglamento Interno. Que no se encuentran aprobados por el Directorio los estados contables de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011 y que sólo se encuentran suscriptos por el Presidente (Paladino) y por la Tesorera (Espina).

Más adelante, cuando el Tribunal analiza el estado de situación patrimonial, sostiene en su informe que no se pudo verificar el saldo contable de la cuenta corriente del Banco Macro. Que no se pudo efectuar el control de las conciliaciones bancarias aportadas por carecer de los Libros Contables.

Agrega a renglón seguido que tampoco se procedió a verificar los saldos del rubro Créditos en la cuenta Subsidios Municipales a cobrar por 788.297,33 pesos dado que no se aportó documentación que avale el derecho a cobro, ante la inexistencia del acto administrativo.

Y por último, en la parte más trascendente, cuando analiza los recursos ordinarios, el Tribunal dice que por ejemplo el monto total manejado por el Coprotur, según estados contables, asciende a 14.296.049,76 pesos. Y es a partir de este punto, en que el organismo realiza un pormenorizado análisis de la documentación aportada en relación con los distintos espectáculos realizados en aquella época y observa, por ejemplo:

Falta factura original por 95.142,30 pesos por gastos de producción para la Liga Nacional de Voley y pide además que se aclare qué tipo de gastos de producción se realizaron

No hay constancia de la prestación del servicio por 99.500 pesos que se pagaron a Conde Live Sound en concepto de alquiler, armado y montaje de escenarios, iluminación y pantallas de video y sonido del Show de los Pimpinella.

Faltan contratos celebrados por Honorarios de la Camerata Córdoba y por el show de los Pimpinella, por 180 mil pesos.

Faltan contratos celebrados que den sustento legal a las facturas emitidas por el Show de Valeria Lynch por 114.950 pesos durante la Fiesta del Camarón y el Langostino.

Se cuestionan las facturas por 134 mil pesos pagadas al proveedor Clair Sonido en concepto de escenario techado, pantallas de circuito cerrado, vallas, seguridad, iluminación y sonido para los 4 días de esa fiesta, "porque son de fecha anterior a la realización del evento".

También observa que falta el contrato celebrado por el show de Palito Ortega en Cerri y los gastos por más de 7 mil pesos de alojamiento, porque no se aclara que actividades realizaron las personas a las que se le pagó el alojamiento.

También, el Tribunal de Cuentas cuestiona y observa casi todos los gastos por un total de 2.483.449,84 pesos que demandó la organización del Mundial de Voleibol y los gastos asumidos para la inauguración de la segunda etapa de la peatonal Alsina y prácticamente todo lo relacionado con la Feria Una Sola Bahía (USB) por un total de algo más de 8 millones de pesos.

En todos los cuestionamientos, el organismo menciona que faltan contratos o faltan especificaciones de las tareas desarrolladas para justificar cada uno de los gastos.

Pero también el HTC dice que "se verificó la validez de las acturas tipo "A" y "B" recepcionadas por el ente, detectándose, no obstante, que hay 23 que no se encuentran autorizadas por la AFIP", según la consulta realizada en la página web de la Administración Federal de INgresos Públicos.

Entre ellas están las más abultadas abonadas a la organización del Mundial de Voleibol y a la publicidad emitida en los distintos medios de la ciudad en ocasión del desarrollo de ese campeonato.

Casi sobre el final sostiene que "se corroboró la existencia de facturas tipo "A", siendo el Coprotur un sujeto exento de IVA y por lo tanto no corresponde su discriminación".

Por último, en el punto 5 subtitulado "Causas Judiciales", el Tribunal de Cuentas solicita información sobre el estado actual de la Instrucción Penal Preparatoria que tramita por ante la Fiscalía del Dr. Rubén Alvarez, como así también se informe sobre la causa sobre "facturas apócrifas" que tramita por ante el Juzgado Federal Nº 1, Fiscal Federal Antonio Castaño.

Este mediodía, según voceros consultados por Frente a Cano,los funcionarios de la Secretaría de Legal y Técnica del Municipio se encontraban analizando el informe junto con el intendente interino Gustavo Bevilacqua.

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