La más alta es para el arquitecto: tres años de prisión efectiva
No habrá juicio, testigos ni pruebas. Mucho menos el suspenso que genera el debate para determinar la responsabilidad de los imputados.
El drama de la Cooperativa Obrera tendrá un cierre inesperado. Injusto para algunos o justo para otros, de acuerdo con la interpretación fría de las leyes.
Los tres imputados por el derrumbe que les costó la vida a siete personas aceptaron ser condenados mediante un acuerdo propuesto por sus abogados defensores avalado por la fiscalía, luego de que los familiares de las víctimas manifestaran consentimiento unánime.
A instancias de este acuerdo, el dueño del local comercial que se derrumbó, Néstor Omar Guerrero, aceptó recibir una pena de tres años de prisión en suspenso; el arquitecto a cargo de la obra, Alberto Luis Diez, una pena de tres años de prisión efectiva; y el capataz de la obra, José Alfonso Silva Manríquez, una pena de un año de prisión en suspenso.
“Hemos avalado un acuerdo que implica que los tres acusados sean condenados, con distintos penas en base al grado de responsabilidad que tuvieron en el hecho”, explicó el fiscal del caso, Marcelo Jara. El acuerdo establece que “quienes aparecen como imputados expresamente admiten su responsabilidad, participación y calificación legal dada al hecho, formulada al momento de la acusación”. También reserva al Ministerio Público Fiscal la posibilidad de requerir que se impongan las costas del proceso judicial a los acusados, así como reglas de conducta adicionales a la pena.
Sin intención
La acusación contra los imputados fue por el delito de estrago culposo seguido de muerte, en calidad de coautores. La imputación contó con el respaldo de los abogados querellantes que representan a los familiares de las víctimas del derrumbe.
El fiscal del caso valoró el acuerdo respecto de la pena impuesta, ya que el delito imputado a los tres acusados prevé una pena máxima de cinco años de prisión efectiva y sería muy difícil que los jueces la acepten, ya que los imputados no contaban con antecedentes penales.
Negligentes
La imputación fue que en el caso de Guerrero, en su carácter de propietario del comercio y empresario del rubro de la construcción, junto con Diez, arquitecto de la obra en construcción, y Manríquez, capataz de la obra, llevaron adelante con “negligencia, impericia e inobservancia de los reglamentos y ordenanzas vigentes la construcción de diez departamentos sobre el inmueble ubicado en la intersección de calles Ortega y Gasset y Godoy” de esta ciudad, donde funcionaba el local comercial Cooperativa Obrera Limitada”.
En el contexto de la investigación, un estudio encargado a la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo) reveló que la baja resistencia del hormigón utilizado para rellenar seis columnas de la estructura del edificio fue el principal motivo del derrumbe.
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