Convocan a una audiencia pública por la ley de actividades nocturnas

Mediante un proyecto de declaración, pretende que la Legislatura de la Provincia solicite al Poder Ejecutivo la convocatoria a una Audiencia Pública para que todos los involucrados e interesados puedan explayarse acerca de la implementación de la ley nº 5597/08
"Modificatoria de la ley 3548 (de represión al alcoholismo) y su modificatoria mediante ley nº 3918/83”, así como sobre la problemática de fondo del control del flagelo del alcoholismo.

“El Bloque Primero Jujuy ha compartido en su momento el espíritu de la norma, cual es procurar un más efectivo control de esta adicción en los adolescentes y jóvenes”, expresó el Presidente del bloque, Agustín Perassi.

“Para ello resultaba esencial en ese momento otorgar un marco normativo adecuado para favorecer la intervención preventiva de los organismos públicos pertinentes, ya que debido al desorden imperante en cuanto a los horarios de apertura y cierre de los locales nocturnos cualquier acción coordinada resultaba ineficaz (si no imposible). Ante esta situación se aprobó un proyecto de ley que regulaba este y otros temas en los términos en que fuera remitido a la Cámara por el Poder Ejecutivo”.

“La adopción de un horario en particular, sin haberse producido un diálogo efectivo con los principales destinatarios y protagonistas de la norma ocasionó indudablemente mucha resistencia a la aplicación efectiva de la medida”.

“Es por ello que hoy el Bloque Primero Jujuy propone la adopción del mecanismo previsto en la ley 5317/02, la Audiencia Pública, para que exista una verdadera posibilidad de expresión para todos en un marco de legalidad y respeto.

“En los últimos días hemos asistido a diferentes manifestaciones de la sociedad en las cuales se aborda la temática referida a la sanción por esta Cámara de la ley nº 5597/08”.

“Este Bloque de Diputados ha apoyado fuertemente el espíritu original de la norma, cual era procurar un más efectivo control de la propagación del alcoholismo en nuestros adolescentes y jóvenes, uno de los principales flagelos que aquejan a nuestra sociedad en estos días”.

“Con esta finalidad, durante el año 2008 se participó en numerosas reuniones y rondas de consultas con autoridades provinciales y representantes de los partidos y frentes integrantes de esta Cámara, concensuándose en la necesidad de la sanción de un proyecto de ley, que finalmente se aprobó en los términos en que fuera remitido a esta Legislatura por el Poder Ejecutivo”.

“Este Bloque comparte plenamente la necesidad de ordenar el horario de cierre de los locales nocturnos, en el convencimiento que no se puede planificar ningún operativo serio por parte de las fuerzas de seguridad si no existe un momento determinado para que se produzca en forma ordenada este”.

“La situación que se presentaba en aquel momento, con locales que permanecían abiertos hasta altas horas de la mañana, no era propicia para una intervención preventiva de la naturaleza que se proyectaba desde los organismos del Estado”.

“Al momento de la puesta en vigencia del instrumento legal, por las nuevas autoridades del Ministerio de Gobierno, desde este bloque se procuró incluso que se someta a consideración el horario previsto en la norma, sugerencia que fue desoída en aquella oportunidad”.

“Es muy probable que la falta de diálogo con los principales actores vinculados a la problemática y el no haber sabido escuchar a tiempo a los protagonistas y destinatarios de la norma fueran uno de los obstáculos más contundentes con los que se encontró la nueva normativa en sus poco más de seis meses de implementación efectiva”.

“Las audiencias públicas, establecen una metodología de esclarecimiento de ciertas cuestiones a través de la participación de los interesados o afectados y, asimismo, intentan una administración del interés común en asuntos en que históricamente se presentó alejada y extraña a los intereses cotidianos de los ciudadanos, como es, en el caso que nos ocupa, las políticas públicas que procuran morigerar los flagelos que las adicciones generan en la sociedad”.

“Se persigue, en definitiva, que los usuarios visualicen el esfuerzo como propio y llevado adelante con vistas a la satisfacción de sus legítimos intereses, para generar confianza en este nuevo instrumento de concientización comunitaria”.

“El requisito de Audiencia Pública sirve tanto al interés general para crear conciencia de los alcances de la problemática, como al interés de los particulares que, de esta manera, pueden hacer conocer sus argumentos y pruebas ante la toma de una decisión determinada”.

“A su vez, permite a las autoridades públicas disminuir el riesgo de posibles errores de hecho o de derecho en sus decisiones, con el consiguiente beneficio de la eficacia de sus acciones y el consenso que ellas pueden obtener de la comunidad”.

“Sin duda, resulta mucho más difícil tener que revocar una decisión errónea a través de recursos o acciones administrativas o judiciales, que impedir que ella se produzca, mediante la oportuna introducción de medios conducentes de prueba y los consiguientes argumentos de hecho y de derecho”.

“El principio legal de la Audiencia Pública es de raigambre constitucional y debe por ello, ser aplicado con el cuidado y atención que una cláusula constitucional de tal envergadura merece”.

“En resumen, la Audiencia Pública es un mecanismo idóneo de formación de consenso en la opinión pública, respecto de la juridicidad y conveniencia de obrar del estado, así como una garantía objetiva de transparencia de los procedimientos estatales respecto de posibles políticas públicas a adoptar”.

“La LEY N° 5317, de Audiencias Públicas, establece en su artículo 2º que el Poder Ejecutivo Provincial, por sí, a instancia del Poder Legislativo o por solicitud de los ciudadanos, determinará la autoridad que deberá convocar a la Audiencia Pública, de acuerdo al área de gobierno en que deba adoptarse la decisión. Designará asimismo el Instructor Coordinador que deberá presidir y dirigir personalmente la Audiencia Pública”.

“En consecuencia, esta Legislatura se encuentra legitimada para solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la realización de una Audiencia Pública para que todos los interesados se expresen respecto de la aplicación de la ley 5597/08 y, sobre todo, respecto de la problemática de fondo, para intentar otorgar a los preocupados vecinos un ámbito legal donde expresar sus inquietudes y a las autoridades un instrumento idóneo para demostrar su posición”, expresó.

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