CIPOLLETTI (AC) - El contralor de la municipalidad, Osvaldo Tassat, se sumó al reclamo de que se cumpla con la Carta Orgánica de la ciudad. En varias notas que le dirigió al intendente Alberto Weretilneck se recuerda que es preciso reglamentar el mecanismo de la auditoría externa para analizar la situación del municipio al fin de una gestión y, de paso, hizo notar que la Asamblea Municipal no fue constituida.
La posición de Tassat, que es más técnica que política, se conoció cuando dio a publicidad la tercera memoria trimestral de la Contraloría para este año.
La Carta Orgánica establece como obligación del contralor la convocatoria "a ofertar y contratar la auditoría externa prevista para el último año de gestión del intendente".
La presentación de la auditoría debe coincidir con la reunión de la Asamblea Municipal, un órgano colegiado ante la que debería rendir cuentas anualmente el intendente. Tassat recordó que debe abarcar el "último año de gestión del gobierno anterior y los tres primeros del actual".
La Carta Orgánica establece que es "causal de remoción de pleno derecho la omisión del Contralor de convocar con, por lo menos, seis meses de antelación a la fecha de reunión de la Asamblea a una licitación para contratar el equipo interdisciplinario que revise los parámetros" de la auditoría.
Hace tres años, cuando se cumplió el primer período de gobierno de Weretilneck, el contralor analizó si estaba incumpliendo la Carta y pidió un dictamen de su asesoría legal, que encontró un vacío pues nunca se sancionó la llamada ordenanza de Contabilidad que actuaría de parámetro para el trabajo.
Pero Tassat hizo notar que tampoco se constituyó la Asamblea Municipal (integrada por el 3 por mil del padrón de electores). Este órgano "no tiene existencia real dado que su funcionamiento e integración deben regularse y precisarse por ordenanza".
"Sin dudas que la ausencia de normas reglamentarias que precisen los alcances de la auditoría externa municipal y la falta de creación y reglamentación de un instituto teórico de imposible aplicación material y de abstracta eficiencia jurídica, circunstancia que, además, exime de responsabilidad al contralor", se lee en el dictamen técnico.
Por eso recomendó a la intendencia y al Concejo Deliberante que dicten las normas necesarias para poder cumplir con lo que ordena la Carta Orgánica.

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