El Municipio aclaró que atenderá los casos particulares y de comerciantes que hayan sido afectados por el temporal. Ratificaron que la ordenanza sancionada está mal redactada.
Según Artaza, la ordenanza de la emergencia vetó solamente el artículo 2, “en el entendimiento de que la exención planteada tenía un carácter muy genérico y de dudosa aplicabilidad”. “Además, incluía todo el año fiscal 2014, es decir que estábamos frente al caso de que lo que los contribuyentes habían pagado en los meses de enero, febrero y marzo, cuando no hubo emergencia, el Municipio lo tendría que haber reintegrado, y eso es imposible”, explicó.
Comerciantes
En el caso concreto de los comerciantes, el secretario informó que ya se le solicitó a Acipan un listado de los que se vieron afectados como consecuencia del temporal. “Analizaremos caso por caso para determinar el alcance de la exención que podemos otorgarles”, aclaró el secretario.
Con respecto a los contribuyentes que argumenten no poder pagar la tasa de retributivos o patente, Artaza detalló que deberán presentar un pedido formal ante la Administración Municipal de Ingresos Públicos (AMIP), ubicada en calle Rivadavia 153. “Una vez que se concreta el pedido, al contribuyente se le realizará una encuesta socioeconómica para evaluar la situación en la que se encuentra y ver si realmente no puede cumplir con sus obligaciones tributarias”, dijo.
Un artículo
“La norma sancionada por el Concejo Deliberante se vetó parcialmente, solo en el artículo 2, porque técnicamente era de imposible aplicación. Todo el resto de la ordenanza se aplicó de manera inmediata, porque nos brindó las herramientas necesarias para enfrentar con rapidez la recuperación de la ciudad”, manifestó Artaza.
El funcionario recordó además que, al igual que la provincia, el Municipio prorrogó los vencimientos del mes de abril y la fecha de presentación de las declaraciones juradas.
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