Condenaron a 18 años de prisión a un hombre que asesinó a un repartidor de carne

Condenaron a 18 años de prisión a un hombre que asesinó a un repartidor de carne

En un clima de máxima tensión, La Cámara Penal Nº 2 de Villa Mercedes condenó a 18 años de prisión a Raúl Santos Gatica por el delito de homicidio en ocasión de robo. Fernando Domingo Ramos, el otro imputado, fue absuelto por el beneficio de la duda. Los dos habían sido procesados por el crimen de Javier Ghione, cometido el 8 de enero de 2010 en Villa Mercedes.

Ambas partes, acusada y acusadora, se fueron descontentos con el fallo y hasta hubo agresiones verbales de los familiares de Gatica hacia el Tribunal y los allegados íntimos de Ghione.

“Los indicios sobre Gatica son determinantes y unívocos: la posesión de la moto y el corte de pelo rapado inmediatamente después del hecho. Respecto al tema de los reconocimientos de personas tengo una particular diferencia con mi colega Triches. Para mí se trata de un reconocimiento de cara, eso es lo que individualiza una persona, no es válido de decir que una persona ‘es la más parecida’ a Gatica, o que el ‘cuarto’ de una lista es el más parecido al sospechoso, son indicios a los cuales hay que adunarles el razonamiento judicial y la inferencia lógica, lo que sí es válido es que tomando estas referencias más otras que surgieron, sí se puede llegar a una sospecha concreta sobre la persona imputada, por eso tengo por acreditada la participación de Gatica en este robo seguido de muerte”, alegó el fiscal Rubén Angel Alonso.

El caso

Javier Ghione se desempeñaba como distribuidor de carne y recaudador del Frigorífico Pico, cuando fue asesinado en la localidad puntana de Villa Mercedes.

El 8 de enero de 2010, cuando visitaba una de las carnicerías incluidas en su recorrido, en el barrio Santa Rita, fue abordado por dos hombres que llegaron en una motocicleta 110 cc y le robaron el maletín.

El trabajador piquense trató de defender la recaudación de la firma para la que se desempeñaba, sin advertir que los asaltantes portaban armas. Fue acribillado a balazos. Su cuerpo recibió nueve impactos y lo remataron en el piso, ya cuando se encontraba indefenso y boca abajo. A pesar de la gravedad de las heridas recibidas en distintas partes del cuerpo, Ghione no murió en el lugar y fue trasladado al Policlínico Regional “Juan Domingo Perón” de la misma localidad, donde finalmente falleció días después.

La familia Ghione, hasta el día de hoy, mantiene sus dudas sobre la figura de un “entregador” y sobre la actuación de la Policía puntana en el caso. 

El fallo completo

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede   y   lo   dispuesto   por   los   arts.   356   y   siguientes   del   Cód. de  Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: 1) A las nulidades articuladas  por  la  Defensa,   no   ha   lugar.   2)   Declarar   al   acusado SANTOS   RAUL GATICA,   de   datos   de   figuración   ut   supra,  autor   PENALMENTE RESPONSABLE del delito de HOMICIDIO EN OCASIÓN DE ROBO (Arts.165 y 45 del C. Penal)  y condenarlo a sufrir la pena de DIECIOCHOS AÑOS DE PRISION, accesorias legales, costas procesales, con Expresa Declaración de reincidencia (Art. 50 del C. Penal). 3) No declarar Responsable Penalmente al acusado DOMINGO FERNANDO RAMOS del delito por el que venía acusado (Ley 22278, modificado por Ley 22803); por el beneficio de la Duda (Art. 1° del C.P.Crim. y 39 de la Constitución Provincial), Consecuentemente se   ordena   su   inmediata  libertad   en  la presente  causa.4) Oportunamente remítanse fotocopias certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalía en turno para que produzca investigación de la posible participación de otras personas   en   el   evento   objeto   de   este   debate. 5)  Ténganse   presentes   las reservas   efectuadas.  Protocolícese,  hágase   saber   y   oportunamente   bajen. FDO.   DRES.   MARIA   SILVIA   DEL   CASTILLO DE INSUA­ ANIBAL ATILIO ASTUDILLO­ GUILLERMO ALFREDO GATICA, ANTE MI DR.HECTOR ALFREDO LAZZARI.­

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