Condenaron a los acusados de intentar engañar a una jueza

Condenaron a los acusados de intentar engañar a una jueza
El tribunal entendió que los hermanos, que son primos de una vocal del STJ, trataron de engañar a una jueza para cobrar un dinero que -supuestamente- una familia les adeudaba por la compra de un automóvil, que jamás entregaron.
Los hermanos Jorge Luis y Sergio Oscar Mizawak fueron condenados a cinco meses de prisión condicional por Estafa Procesal en grado de Tentativa. El tribunal entendió que los hermanos -primos de la vocal del STJ, Claudia Mizawak- trataron de engañar a una jueza para cobrar un dinero que -supuestamente- una familia les adeudaba por la compra de un automóvil, que jamás entregaron. La condena fue por un caso concreto, pero en las redes sociales hubo muchas personas que manifestaron su “conformidad” con el veredicto porque comentaron haber sido víctimas de esa concesionaria que funcionó en la esquina de Perón y Villaguay.

El fallo del tribunal presidido por el juez de Instrucción Ricardo Bonazzola, y secundado por las camaristas Marcela Badano y Marcela Davite de Acuña, fue unánime. Además de la condena, los camaritastas dispusieron que los hermanos deberán cumplir reglas de conducta durante dos años, y pagar una indemnización a la familia afectada, ya que también se hizo lugar a una acción civil en su contra. Por otra parte, se levantó una inhibición que pesaba sobre los bienes de los dos hermanos.

El abogado defensor Guillermo Retamar adelantó que estudiará el fallo y evaluará si recurre en Casación ante el Superior Tribunal de Justicia. Por su parte, los querellantes, Rubén Pagliotto y Jaime Martínez Garbino aguardarán también conocer los fundamentos de la sentencia para dictaminar los pasos a seguir, ya que en los alegatos habían solicitado una pena de tres años de prisión condicional.

¿El auto?

En plena crisis económica en 2001, Miriam Pross y Fernando Martínez se decidieron a comprar un auto para ponerlo a trabajar de remís. El vehículo, de segunda mano, un Fiat Duna CSD, estaba a la venta en la firma Sol Autos, de Sergio y Jorge Mizawak, en calle Presidente Perón y Villaguay, a un valor de 7.800 dólares. La pareja decidió adquirirlo con una primera entrega de 3.300 pesos-dólares en efectivo, para luego saldar el resto en 24 cuotas de 323 pesos cada una. El interés por el auto de parte de la familia compradora se acrecentó cuando se enteraron de que el propietario anterior era un conocido de ellos que ya tenía el vehículo habilitado como remís.

Consumada la operación y entregado el adelanto, Pross y Martínez no se pudieron llevar el auto ya que este se encontraba en el taller de la firma, por cuanto faltaban detalles de terminación de reparaciones que se le habían realizado, razón por la cual convinieron con el vendedor que lo retirarían cuando estuviera listo. En una de las visitas al local para insistir con la entrega, uno de los encargados le informó a Martínez que el automóvil había sido retirado por su propietario y quien lo había entregado para la venta, Miguel Montero. Sergio Mizawak les prometió a sus clientes conseguirles otro de las mismas características, lo cual nunca ocurrió.

Entonces, la pareja desistió de la operación por incumplimiento y exigió, a través de cartas documento, que se le devolviera la plata en efectivo y los 25 pagarés obrantes en poder de los vendedores. Los hermanos Mizawak no acusaron recibo. Lo cierto es que los acusados le habían dado los documentos para ejecutar a su tío, Jorge Abraham Mizawak, por la deuda. Este hombre decidió cobrar los títulos valores otorgados a nombre de la joven pareja aparentemente sin saber que se trataba de una deuda falsa e inexistente, aunque en la Justicia este dato se conoció tarde, y el hombre terminó imputado. A la demanda ejecutiva la iniciaron la abogada Nancy Vinagre y Claudia Mizawak, pero luego Mizawak se apartó porque siguió su carrera en el Estado.

La causa, en la que se imputan los delitos de defraudación por retención indebida (no se devolvió el dinero y ni los pagarés a la pareja) y estafa procesal, se tramitó en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 a cargo de Valentina Ramírez Amable, quien falló a favor de los Mizawak y ordenó la ejecución. Don Mizawak solo fue imputado por el segundo delito, mientras que sus sobrinos lo fueron por los dos. Las víctimas apelaron el fallo de primera instancia. La cámara laboral con competencia civil a cargo de Edgardo Cossy pidió el expediente y detectó el delito de retención indebida. En esa oportunidad se decretó que se suspendiera la ejecución de los documentos hasta tanto se aclarara el tema en sede penal. El padre de la vocal dijo en la indagatoria desconocer la proveniencia de los títulos para ejecutar.

Según el hombre, él recibió los pagarés porque le prestó plata a sus sobrinos, y como ellos habían recibido pagarés por la venta de un auto se los cedieron al tío para que los cobrara. Como la familia no recibió el auto, no pagó, y el hombre dice que en buena fe ejecutó. Sin embargo, la Cámara cuando los sobreseyó les advirtió que el origen de los pagaré era espurio. En el juicio se nombró en más de una oportunidad al don Mizawak, quien ya no tiene nada que ver con la causa.

Comentá la nota