Condenan a un violador por dos hechos

Condenan a un violador por dos hechos

Adrián Alejandro Sarandon fue declarado como autor de dos casos de abusos sexuales ocurridos en 2013. El 9 de junio dan a conocer el monto de la pena.

 

La jueza de audiencia subrogante, María Florencia Maza, declaró hoy a Adrián Alejandro Sarandon como autor de delitos sexuales en perjuicio de dos mujeres y fijó la audiencia de imposición de pena para el 9 de junio a la hora 9.

Maza dio por probado que Sarandon cometió los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la comisión del mismo mediante la utilización de un arma impropia, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal (artículo 119 primer párrafo, segundo supuesto, tercer párrafo y cuarto párrafo inciso d, segundo supuesto, y 119 primer párrafo, segundo supuesto y tercer párrafo, todos del Código Penal), en situación de violencia de género, conforme las disposiciones de la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres”, por hechos ocurridos el 20 de enero y el 25 de diciembre de 2013.

Durante los alegatos del juicio oral y público, el fiscal Facundo Bon Dergham había encuadrado la conducta del imputado en el delito de abuso sexual doblemente agravado, por ser con acceso carnal y con el uso de un arma, en concurso real con abuso sexual agravado por ser con acceso carnal, en el marco de la ley 26.485; mientras que el defensor oficial, Pablo De Biasi, solicitó la absolución de Sarandon por aplicación del principio de la duda (“in dubio pro reo”), al entender que las pruebas incorporadas al legajo eran insuficientes para dictar un fallo condenatorio.

El primer hecho ocurrió en horas de la mañana cuando la mujer estaba durmiendo en su casa. Sarandon entró por la ventana y le colocó un cuchillo en el abdomen aduciendo que se estaba escapando de la policía porque se había protagonizado una pelea en un boliche. En esas circunstancias, y estando el hijo de la víctima en la vivienda, abusó de ella.

El segundo hecho se produjo en el lugar de trabajo de la víctima, un geriátrico, a primera hora de la mañana, cuando ella recién había llegado al lugar y fue sorprendida por su agresor, quien se encontraba dentro del inmueble.

“Es sabido que los hechos que aquí se investigan ocurren siempre en ámbitos de privacidad, encontrándose los protagonistas solos, fuera de la mirada de terceras personas que puedan brindar datos de lo que ocurrió entre esas cuatro paredes”, sostuvo Maza.

Señaló también que “en ese contexto de privacidad, y teniendo en cuenta que, tal como reiteradamente se advierte en episodios de esta naturaleza suceden en la privacidad de una morada, es que los testimonios y los informes psicológicos, médicos y técnicos cobran especial importancia a los fines de tener o no por acreditados los hechos”.

En este contexto fue que la jueza valoró los testimonios de las víctimas por entender que una de ellas, en la audiencia de debate, efectuó “un pormenorizado relato, que estuvo cargado de emociones, angustia, expresiones faciales, situaciones y palabras que permitían presumir que estaba recreando los acontecimientos como si los estuviera reviviendo en ese momento, permitiendo presumir no solo la veracidad del testimonio, sino el dolor que el revivir lo ocurrido le estaba causando”.

Sobre la otra mujer indicó que, al testificar en el juicio, dejó en evidencia “los signos de vergüenza, temor, dolor e impotencia padecidos por la situación vivida”.

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