Es que a raíz de las reiteradas denuncias que El Diario de Catamarca y La Isla FM hicieran sobre los constantes incumplimientos de las ordenanzas Nº 3696/03 y 3883/05 del Lord de los capitalinos el bloque radical solicitó el inmediato cumplimiento.
El grave incumplimiento ha sido denunciado en reiteradas ocasiones desde El Diario de Catamarca y La Isla FM, sin que el ejecutivo municipal conducido por Raúl Jalil llevara cabalmente su cumplimiento, burlando de esta manera la voluntad popular que exige a través de los ediles su cumplimiento.
Ahora es el bloque radical, encabezado por Silvia Fedeli, el que interpela al Ejecutivo Municipal para que dé inmediato cumplimiento a las ordenanzas vigentes desde el año 2005.
El presente proyecto encuentra razón de ser en que a la fecha, luego de transcurridos tres meses del año 2013, no se ha dado cumplimiento a las ordenanzas antes citadas, por cuanto surge del portal de Transparencia Fiscal del municipio, y que la información allí expuesta no cumple con la totalidad de los incisos de la Ordenanza Nº 3883/05.
“Todos estos problemas de acceso implican que desde el Ejecutivo se están llevando a cabo acciones que no son puestas en conocimiento de la ciudadanía e impidiendo a este órgano legislativo el cumplimiento de la tarea de control de los actos de Gobierno”, reclamó Fedeli.
Lo que debe publicarse
En la presentación se explicó que mediante la Ordenanza Nº 3606/03 se estatuye el Régimen de Transparencia Fiscal que establece como obligación de la Municipalidad la publicación, como mínimo, en un diario local, en el Boletín Oficial y en la página web del municipio información referida a:
- Adquisiciones y Contrataciones que superen los $ 5.000
- Funcionarios y Planta Política existente al último día del mes
- Altas y bajas de personal (permanente y contratado)
- Deuda pública actualizada (incluida deuda flotante)
- Deudores del municipio de naturaleza tributaria que superen los $ 10.000
- Dudas tributarias beneficiadas con la prescripción parcial o total que
superen los $ 5.000
También, por la página web del Municipio
Por su parte, la Ordenanza Nº 3883/05, modifica el artículo Nº 2 de la Ordenanza Nº 3696/03 y crea el “Portal de Transparencia Fiscal” dentro del dominio de Internet del municipio, en el que se prevé publicar la más completa información sobre la ejecución presupuestaria, presentada de manera accesible y oportuna, que contendrá como mínimo la siguiente información:
- Adquisiciones y Contrataciones que superen los $ 5.000
- Planta total de personal (con indicación de nombres, DNI, categoría escalafonaria, cantidad de horas cátedra o índice retributivo, monto de haber bruto, funciones, horario de ingreso y, en su caso, plazo de contratación)
- Cuadro de remuneraciones
- Deuda pública actualizada (incluida deuda flotante)
- Deudores del municipio de naturaleza tributaria que superen los $ 10.000
- Deudores incobrables en los términos del artículo 47 de la Ordenanza de Administración Financiera Nº 3607/02, que superen los $ 10.000
- Normas de contratación, información sobre las contrataciones previstas por el municipio y las normas que regulan el Registro de Contratistas
- Las normas de procedimiento administrativo
- Los informes previstos en la Ordenanza de Administración Financiera Nº 3607/02
- Nómina de funcionarios que presentaron sus declaraciones juradas testimoniales

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