La edila del FrePam, Cecilia Roigé, presentó una iniciativa cuyo objetivo es promover y garantizar, en todos los organismos de la Municipalidad de Santa Rosa, "la utilización de un lenguaje no sexista que tenga en cuenta la presencia, situación y el protagonismo de las mujeres en la sociedad".
Roigé recordó, como antecedente de las exigencias de eliminación del sexismo lingüístico, la Resolución 14.1 -aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 24ª Reunión, y en la que se recomienda evitar el empleo de términos que se refieren a un solo sexo, salvo si se trata de medidas positivas a favor de la mujer; la Resolución 109 -aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 25ª Reunión- en la que se recomienda, a su vez, promover la utilización del lenguaje no sexista por los Estados miembros, entre otros.
Convencidos de que el sexismo que se refleja en el lenguaje utilizado, a diario, en la administración pública -que hace predominar lo masculino sobre lo femenino- constituye un escollo en el proceso de instauración de la igualdad entre mujeres y varones, en la medida en que oculta la existencia de las mujeres, o lo que es lo mismo, más de la mitad de la población, es que a través de esta ordenanza proponemos pautas para corregir el uso sesgado del lenguaje en toda la administración de la Municipalidad de Santa Rosa, explicó la edila del FrePam.
A partir de estos fundamentos, el bloque de Concejales del FrePam, presenta el proyecto de ordenanza, titulado "Uso de lenguaje no sexista en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa".
En su artículo 1 se establece el objeto de la norma municipal: "La presente ordenanza tiene por objeto promover y garantizar, en todos los organismos de la Municipalidad de Santa Rosa, la utilización de un lenguaje no sexista que tenga en cuenta la presencia, situación y el protagonismo de las mujeres en la sociedad".
El artículo 2 define: "A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por lenguaje sexista al empleo de vocablos (sexismo léxico) o la construcción de oraciones (sexismo sintáctico) que, debido a la forma escogida por el/la hablante y/o escritor/a, y por ninguna otra razón, resulta discriminatoria y excluyente por razón de sexo".
El siguiente artículo establece que la autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Subdirección de Políticas de Género o la repartición que en el futuro la reemplace y esta deberá elaborar un "Decálogo para el uso del lenguaje no sexista en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa", a ser utilizado en los documentos de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo.
El articulo 4° expresa que la autoridad de aplicación deberá garantizar la distribución y difusión del "Decálogo para el uso del lenguaje no sexista en el ámbito Municipalidad de Santa Rosa", en todas las reparticiones de la Municipalidad de Santa Rosa.
Y el último artículo, señala que en el marco de la presente ordenanza los Departamentos Ejecutivo y Legislativo se comprometen a:
"a) Armonizar la terminología empleada en la administración pública de la Ciudad eliminando todo tratamiento sexista en su producción escrita;
b) Revisar la normativa que instala prácticas sexistas en el tratamiento de las personas que ocupan cargos en todos los ámbitos de la Municipalidad de Santa Rosa e instar a su modificación".
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