"Lo ocurrido con la empresa Axion reafirma la necesidad de acceder libremente a la información sobre el ambiente en nuestra ciudad", así se refirió la concejal del Bloque UP-FAP, Dra. Paola Cano, con relación al incidente acaecido con el catalizador de la empresa Axion
El acceso a la información pública ambiental es un derecho constitucional de tercera generación; el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional establece el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, así como la obligación de las autoridades de proveer a la información y educación ambientales. Por su parte, el Art. 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires garantiza el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales.
Es por ello, que con el inicio del año legislativo, volveré a insistir con una ordenanza de mi autoría para publicar en la página web del municipio, los indicadores de la calidad del aire que reflejan los resultados arrojados por los equipos de monitoreo implementados por el CICAZC (establecidos por el Programa de monitoreo continuo de calidad del aire Zárate - Campana) de manera clara, simple y concreta, entendible por cualquier vecino.
Lamentablemente, el año pasado dicha ordenanza fue vetada por el Departamento Ejecutivo, pero situaciones como las ocurridas nos debe concientizar respecto al derecho de todo vecino, de acceder a la información pública ambiental, conocer y monitorear el aire que respira; finalizó la Concejal del FAP.
Recordemos que la ordenanza vetada a la que hace referencia la edil, había sido aprobada unánimemente por el HCD en la sesión del 14 de junio de 2012, y vetada por Decreto Nº 1192/12 del Ejecutivo Municipal.
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