La comuna clausuró comercios por venta de alcohol

La comuna clausuró comercios por venta de alcohol
Durante los operativos de control durante el fin de semana, la Municipalidad de la Capital, procedió a la clausura preventiva de kioscos y drugstores en distintos puntos de la ciudad.

La medida se debe a la infracción a las normativas vigentes sobre las disposiciones en venta y expendio de bebidas alcohólicas.

Varios comerciantes violaron los decretos de Ley Seca Nº 831, ya que se encontraban vendiendo las bebidas fuera del horario permitido. Se trata de comercios ubicados sobre Avenida Perón, del Pino, Illia y otro ubicado en barrio Los Pinos.

Ante esta contravención, se explicó que cuando “no se cumple con la normativa, se aplican sanciones que van desde multas a clausuras preventivas o definitivas, de acuerdo al grado de la falta y al número de reincidencias”. En el caso de que las infracciones continúen, se procede a la anulación de los papeles de habilitación del comercio, lo cual implica su cierre total. Para levantar dicha sanción, el infractor debe realizar todos los trámites administrativos desde un principio.

“Muchos comercios aún venden alcohol a menores, por eso es muy importante que la toma de conciencia sea colectiva, para poder romper el círculo de insalubridad que termina afectando no solo a las familias si no a la sociedad entera”, expresó el director de Inspección General, Luis Gallardo.

La Municipalidad de SFVC lleva adelante desde el inicio de su gestión una política concreta e intensiva en quioscos, bares y los boliches de la ciudad, con el fin de garantizar la seguridad e integridad de los jóvenes. La disposición rige también drugstores, supermercados, despensas, vinotecas, autoservicios y snack bar o fast foods.

Autorización para espectáculos

Desde el área de Inspección General, informaron además que se detectaron algunos espectáculos que no contaban con la autorización pertinente. Por ese motivo se recuerda a todos aquellos propietarios de locales bailables o que realicen espectáculos de concurrencias masiva, que los mismos deben solicitar la autorización correspondiente del organismo de control con diez días de anticipación a la realización de cualquier espectáculo público, presentando certificado de seguro para el espectador, certificado de cobertura médica y certificado de seguridad pública o privada para la inspección correspondiente.

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