Cómo debería ser la reforma del Servicio Penitenciario

Cómo debería ser la reforma del Servicio Penitenciario

Este fin de semana salió en Tiempo Argentino, un diario muy afín al oficialismo, una extensa nota que anticipaba que el Ejecutivo mandaría un proyecto de reforma de la ley orgánica del Servicio Penitenciario Federal (SPF) al Congreso. El artículo también adelanta algunas de las posibles características de la iniciativa. Para no perder la costumbre, las modificaciones que piensa impulsar el gobierno se vienen discutiendo a puertas cerradas.

 

La verdad es que este debate es muy urgente. Si pensamos que necesitamos instituciones acordes a un Estado de derecho y democrático, el servicio penitenciario debe ser parte de ese imaginario institucional, y es una deuda de la democracia que éste no se haya desmilitarizado aún. En este sentido, son varios los proyectos de ley sobre materia carcelaria que hemos elaborado con mi equipo de trabajo, y en particular, desde el año 2012 tiene estado parlamentario un proyecto de ley que presentamos para la reestructuración integral del SPF.

 

Si hacemos un poco de historia, veremos que la ley que regula actualmente al SPF, surgió durante un gobierno de facto; pero esto no siempre ha sido así. De hecho, el SPF no era considerado una “fuerza de seguridad” como hoy, incluso, en algún momento fue establecido como un “servicio público” y civil. El hecho de que se le diera un rango de fuerza de seguridad obedeció a lo que mandaba entonces la Doctrina de la Seguridad Nacional.

 

Por otro lado, las estadísticas disponibles que ilustran la realidad de las cárceles argentinas y que son muy pocas, disparan cifras de ciencia ficción: hacia fines del año pasado se registraba que la población carcelaria ya superaba los 60 mil presos en todo el país, según el Sistema Nacional de Estadísticas sobre la Ejecución de la Pena (Sneep). Agrava este escenario, que de esas personas encarceladas, unas 30.795 están sin sentencia firme, o sea, que son, según nuestra Constitución Nacional, inocentes hasta que una sentencia judicial los declare culpables.

 

Sin embargo, al menos el 32% de los detenidos condenados vuelve a la cárcel, y a pesar de que este porcentaje, de por sí alarmante, es muy probable que sea mayor aún, pues ese cálculo sólo toma a los condenados (no a los procesados), es decir, el cálculo se realiza sobre 29.094 de un total de 60.789 reclusos.

El resultado de todo esto es que queda en evidencia que el sistema penitenciario argentino no cumple con su objetivo principal de lograr la “reinserción social” del recluso y que, en consecuencia, un alto porcentaje de detenidos vuelve a cometer delitos, agravando la situación de inseguridad que se vive en el país.

Asimismo, se ha analizado que las “fugas” son un eslabón más de la cadena de corrupción de las cárceles. David Nievas, un ex detenido, contó el año pasado a diversos medios de comunicación, como el programa PPT: “Vos podés pagar una salida transitoria. Ahí se hacen informes dentro del Servicio Penitenciario por el cual ellos te hacen bien los informes a cambio de dinero. Tenés que pagar diez mil pesos. Es bastante plata. Muchas veces ellos escriben cualquier cosa, vos les das el dinero y ya está”.

 

Es lo que Juan Manuel Casolati, Secretario de Ejecución Penal de la Defensoría General de San Martín, explica como “el doble pacto de gobernabilidad”: el poder político le pide al servicio penitenciario tolerantes niveles de conflictividad, y éste establece otro pacto con un sector de los presos, que consiste en la regulación de la violencia para que se mantenga en niveles tolerables. Esa es la política pública carcelaria en todo el país.

 

Creemos que si bien actualmente está en cuestión el objetivo de la pena de encierro y la resocialización misma, mientras los teóricos de debaten estas crisis de paradigmas, debemos adecuar nuestra legislación a la Constitución, a los Instrumentos Internacionales, queriendo decir con esto que debemos cambiar la concepción que tenemos de la institución penitenciaria argentina. El problema es tan complejo como la batería de medidas necesarias para desarticular la red tejida durante las últimas décadas, que posibilita el funcionamiento de esta máquina de denigración humana que llamamos Cárcel.

 

En principio, no hay un problema de recursos humanos: el SPF tiene 12.132 agentes en actividad (entre oficiales y suboficiales) para atender una población de 10.322 presos. Ni de recursos: cada preso federal cuesta $ 29.799 por mes.

 

Creemos que debe reestructurarse el actual Servicio Penitenciario Federal y establecerse en su lugar, lo que llamamos, un “Sistema de cuidado y resguardo en el cumplimiento de la pena”, el cual creemos que debe ser  una institución de carácter federal, civil y profesional dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, despojándolo del estado de militarización en la que se estructura actualmente. Además, su personal de grado Superior, debería estar obligado a presentar anualmente su Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la Comisión Nacional de Ética Pública y a la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; mientras al resto del personal del Servicio Público de Cuidado y Resguardo, debería reconocérsele la posibilidad a asociarse sindicalmente en defensa de sus derechos, para no quedar “presos”, valga la redundancia, de sus superiores, en la negociación de sus intereses laborales más básicos; en forma seria y civilizada.

 

También creemos que debe introducirse un nuevo sistema de control y juzgamiento de faltas disciplinarias, que garantice la independencia en el proceso de investigación y de juzgamiento de faltas, ocurridas durante el desempeño de tareas. Esto podría realizarse a través de una Auditoría integrada por un cuerpo de abogados, y dirigido por un funcionario designado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En definitiva, debe derogarse definitivamente a la Ley 20.416/73, aún vigente en la normativa nacional, que en su art. 10 establece que el nombramiento de este funcionario “deberá recaer en un oficial superior de las Fuerzas Armadas de la Nación, del escalafón comando”. Si bien es cierto que en los últimos años han ocupado dicho cargo funcionarios civiles, desafortunadamente ello no ha sido garantía de la democratización del sistema del encierro, pues ninguna administración nacional ha puesto en cuestión el carácter militarizado del sistema en su conjunto. Una nueva ley del SPF debe ante todo desmilitarizar las estructuras, criterios y prácticas del sistema del encierro, para terminar con una asignatura pendiente de nuestra democracia.

Es urgente modificar esta situación, con éstas propuestas, o con otras que sean mejores tal vez; pero siempre con el norte claro en el fortalecimiento y garantía de los derechos humanos de todos y todas. Y porque creemos en el debate y en el intercambio de ideas mantenemos viva la expectativa de que el proyecto que dicen que va a mandar el Poder Ejecutivo, no sea nuevamente un relato de ampliación de derechos, que viene al Congreso a votarse a libro cerrado sin escuchar otras voces y considerar otros proyectos que impulsan este tema desde hace años, como el mío.

 

En esta máquina de denigrar personas en que se han convertido nuestras cárceles se van muchas vidas y se arruinan tantas otras; y además no deja de ser un nuevo foco de regeneración de la “inseguridad”. Tenemos el deber político y ético de abordarlo urgente y seriamente porque la ciudadanía hace tiempo que lo reclama.

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