Por resolución dictada en fecha 4 del corriente, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia hizo lugar al recurso de queja planteado por el Dr. Pedro Velazquez Ibarra en la causa caratulada ?Vivas José Luis por Privación Ilegal Agravada, Art.142 inc.5 Prevaricato, Amenazas y Otros?, revocando las reiteradas negativas de la Jueza Subrogante Dra. Zunilda Niremperger a reconocer como parte a las victimas representadas por el citado profesional, quien al mismo tiempo denunció a Vivas por derecho propio, imponiendo a la magistrada a pronunciarse sobre la admisibilidad de la solicitud de constitución en parte querellante "en un plazo no mayor de quince (15) días de la recepción de estas actuaciones", expresa el fallo suscripto por los jueces de Cámara Dras. Ana Victoria Order y Mirta G. Sotelo de Andreau.-
Cabe recordar que la denuncia realizada por el Dr. Pedro Velazquez Ibarra fue presentada en fecha 19 de setiembre del año 2013, siendo la misma delegada para las tareas investigativas a los fiscales Horacio Rodríguez, primeramente, y Luis Benítez, con posterioridad, momento a partir de lo cual la Jueza Niremperger rechaza todo pedido de intervención de las víctimas, al extremo de prohibir conocer siquiera la identidad de los representantes del Ministerio Público Fiscal interviniente, permitiendo, por el contrario, la intervención de los abogados apoderados del ex juez federal Luis José Vivas, según presentaciones que fueron públicamente conocidas por la prensa, en un procedimiento que el conocido defensor de los derechos humanos no dudó en calificar de "esotérico", en obvia alusión a la doctrina de los filósofos de la antigüedad que no comunicaban sino a algunos de sus discípulos.-
Así la jueza Niremperger se negaba a resolver los insistentes pedidos de constitución en parte querellante de las victimas aludiendo a que el Fiscal Luis Benítez no hacia requerimiento, por la cual- a su criterio- no existía causa penal propiamente dicha, ni tampoco emplazaba a dicho fiscal a devolver las actuaciones con su función procesal cumplida, circunstancia por la cuales el Dr. Velazquez Ibarra denuncio la creación arbitraria de un "limbo procedimental" donde ambos magistrados "estacionaron" las actuaciones para impedir el acceso a las víctimas, favoreciendo al imputado.-
A propósito la Cámara Federal fue categórica en su pronunciamiento al sostener "que el ejercicio del derecho a querellar no se encuentra sometido a la determinación del Ministerio Público Fiscal", obligando a la Jueza Niremperger a pronunciarse en un término "no mayor de quince (15) días".
Consultado el Dr. Velazquez Ibarra sobre el fallo y sus consecuencias en la causa "Vivas", el letrado manifestó que "es un paso importante en la lucha contra la impunidad selectiva que en favor del ex Juez Federal orquestaron el Fiscal Luis Benítez y la Jueza Zunilda Niremperger, más allá de los daños casi irreparables producidos a la reconstrucción histórica de una parte importante de la tragedia provocada por el Terrorismo de Estado en Formosa, privando a la sociedad en su conjunto conocer, con la verdad determinada judicialmente, el rol cumplido por un magistrado que legitimó, por acción y omisión, las más aberrantes violaciones a los derechos humanos, con participación y/o el encubrimiento de los abogados que desempeñaron el cargo de Secretario, quienes deberán comparecer en la causa, cuanto menos a dar explicaciones", concluyó.-

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