La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas de una pareja y a la hija de la mujer, por la explotación sexual de dos jóvenes oriundas de Paraguay y Santiago del Estero.
La Justicia Federal rechazó los recursos presentados por las defensas de Sergio Omar Ibarra, Berta Noemí Defeis y la hija de ésta, Mariana Isabel Córdoba, correspondiente al fallo en el que habían sido previamente condenados por los hechos que ocurrieron en un club nocturno de nuestra ciudad.
Las mujeres eran obligadas a prostituirse en un local del Segundo Cruce, donde debían “trabajar” toda la noche y del que no podían retirarse porque, según constancias de la causa, se les aplicaban “multas”.
Uno de los testigos de la causa contó que “no las dejaban salir y las tenían amenazadas”, en tanto que otros dieron cuenta de las condiciones de alojamiento e higiene que debían afrontar las jóvenes.
Los camaristas Alejandro Slokar, Pedro David y Angela Ledesma afirmaron que los condenados cometieron los delitos de “trata de personas” en concurso con “explotación de la prostitución”, aprovechando la situación de “vulnerabilidad” y “pobreza” de estas dos jóvenes, una de las cuales comenzó a trabajar siendo menor de edad.
El “empleo” de las jóvenes en el local nocturno “propició la profundización del estado de vulnerabilidad, pues permitió ejercer el control y vigilancia y restringir la libertad ambulatoria de las víctimas, con el fin de mantenerlas sometidas a explotación sexual”, sostuvieron los camaristas.
La resolución sostiene además que “ambas mujeres eran pobres antes, durante y después de su sometimiento en el local”, coincidieron Slokar, David y Ledesma.
La defensa había impugnado el fallo condenatorio porque durante el juicio se prescindió de testimonios directos de quienes declararon en la etapa de instrucción y participaron del allanamiento del local nocturno. Sin embargo, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal convalidó la “incorporación por lectura” de los dichos y ratificó el fallo.
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