Salom dice que es "el legítimo conductor" de la Convención; desde el Nuevo Espacio se esperanzan con el futuro fallo de Skidelsky.
El documento que lleva el número 4938/13 deniega el recurso extraordinario interpuesto por el NEA, en el que se cuestionaba la veracidad y por tanto la legitimidad de los documentos producidos en aquel encuentro.
Las presentaciones de la corriente conducida por los intendentes de Resistencia (Aída Ayala), Barranqueras (Alicia Azula) y Sáenz Peña (Gerardo Cipolini), afirmaban que el número de convencionales contabilizados inicialmente había sido fraguado al promediar el evento, de forma tal que en la votación de autoridades, el NEA fue perjudicado. Como es lógico, desde Convergencia rechazaron tal imputación.
Todo terminó en la Justicia electoral que ya emitió varios dictámenes y fallos. Ahora la Cámara Electoral Federal ratifica que la "redargución de falsedad" contra las autoridades electas en Machagai no tiene lugar.
No obstante, desde el NEA no lo ven como un traspié. Antes bien, dicen que "el Expediente principal que es el Amparo contra las autoridades de la UCR, retoma su vigencia y deberá ahora el Juez Federal de Resistencia resolver la cuestión en la cual ya existe un duro dictamen del Fiscal Federal Dr. Patricio Sabadini".
A continuación reproducimos el documento remitido por Convergencia Social, y luego el que produjo el NEA.
Documento de Convergencia
FALLO JUDICIAL FAVORABLE A CONVERGENCIA SOCIAL SOBRE LA LEGITIMIDAD DE LA CONVENCION
Por fallo N° 4938/13 dictado el 12 de marzo último, la Cámara Electoral Nacional denegó el recurso extraordinario interpuesto por el Nuevo Espacio Abierto (NEA) contra a legitimidad de las resoluciones adoptadas en la Convención Provincial de la UCR reunida el 05 de mayo de 2012 en la ciudad de Machagai.
Los jueces de la Cámara Electoral Nacional, Dres. Rodolfo Munne, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera resolvieron ?por unanimidad- rechazar el último recurso judicial interpuesto por cuatro afiliados y convencionales radicales referentes del NEA: Hugo Matkovich, René Brianso, Raúl Parra y Raúl Vinokurov.
De esta manera ha quedado desestimado una vez mas y en todas sus instancias el planteo de algunos afiliados del NEA intentando cuestionar lo resuelto por la mayoría de los convencionales partidarios enrolados en el movimiento CONVERGENCIA SOCIAL y la elección de autoridades del radicalismo provincial en dicha reunión partidaria, lo que ratifica la legitimidad de las autoridades de la conducción electas.
Al denegar el recurso extraordinario interpuesto, el más alto Tribunal Electoral de la República ha sostenido que las manifestaciones de los recurrentes "?no acreditan ni alegan?" que la solución de la causa dependa de la interpretación de disposiciones constitucionales. Y con relación a la supuesta arbitrariedad de la sentencia apelada, a juicio de la Excelentísima Cámara "?la misma cuenta con fundamentos suficientes que impiden descalificarla como jurisdiccional válido?". Por todo lo expuesto la Cámara Electoral Nacional RESUELVE: "DENEGAR el recurso extraordinario intentado".
SALOM: "SOY EL LEGÍTIMO CONDUCTOR DE LA CONVENCIÓN Y NO FRAUDULENTO COMO EL ALGUNOS INSINUARON"
Consultado sobre este nuevo fallo judicial que ratifica lo sentenciado en anteriores instancias, el presidente de la Convención partidaria Leandro Salom expreso "Ha quedado demostrado que las acusaciones de ilegitimidad promovidas por el NEA han sido recursos de plena especulación política frente a una elección en la que se encontraban en franca minoría, lamentablemente lo único que se ha conseguido es impedir el normal funcionamiento del órgano más importante de la UCR".
El documento del Nuevo Espacio Abierto:
CONVENCIÓN RADICAL: LA CAMARA ELECTORAL RECHAZÓ SOLO EL RECURSO EXTRAORDINARIO
La Cámara Nacional Electoral, rechazó los fundamentos del recurso interpuesto ante la negativa a decidir sobre el incidente de Redargución de Falsedad inciado contra autoridades partidarias y el veedor judicial designado a la Convención Radical del año pasado.
Con esta decisión, el Expediente principal que es el Amparo contra las autoridades de la UCR, retoma su vigencia y deberá ahora el Juez Federal de Resistencia resolver la cuestión en la cual ya existe un duro dictamen del Fiscal Federal Dr. Patricio Sabadini, quién indicó que "las actuales autoridades del partido no actuaron con un gran sentido democrático y republicano", sosteniendo además que la jurisprudencia sostiene que "Un partido político sin resquicio para el disenso interno tarde o temprano revelará que es incompatible con el sistema democrático".
Recordemos que el Fiscal Federal Sabadini dictaminó que Convergencia Social violó los Artículos 26, 31 y 37 de la Carta Orgánica Provincial UCR, 31 inc. a), b) y c) y 40 de la Carta Orgánica Nacional UCR y Artículos 37 y 38 de la Constitución Nacional, debido a que no garantizó el principio de Debido Proceso Legal o Principio de Legalidad, el Principio de Transparencia, el Principio de Imparcialidad y el Principio de Participación Activa, por lo que sugiere al Juez Federal que haga lugar a la impugnación planteada por el NEA de la Asamblea Convencional y que deje sin efecto TODO LO ACTUADO POR LA JUNTA ELECTORAL Y LOS DELEGADOS CONVENCIONALES.
Los apelantes indicaron que aguardarán la decisión del Sr. Juez Federal, la que seguramente tomará en cuenta las pruebas obrantes en el proceso y el dictamen oportuno del Sr. Fiscal Federal, a quien se solicitó brinde su elevada opinión, aunque no vinculante, al respecto.




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