La Cámara de Diputados aprobó la ley provincial de guardavidas

La Cámara de Diputados aprobó la ley provincial de guardavidas

El proyecto, presentado por la diputada del FPV Raverta establece turnos laborales de 6 horas y el ingreso por concurso a los puestos

La Cámara de Diputados bonaerense sancionó hoy una ley que regula la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas en la provincia de Buenos Aires y determina las responsabilidades en el desempeño de su labor al tiempo que establece los deberes que tienen para con ellos los organismos públicos y los titulares de los balnearios.

La iniciativa, de la diputada marplatense del Frente para la Victoria –FpV- Fernanda Raverta, fue aprobada hoy con modificaciones en la Cámara de Senadores y luego sancionada en Diputados que aceptó las reformas propuestas por la Cámara Alta.

Una fuente legislativa explicó que el Senado eliminó el artículo que obligaba a los balnearios a contratar como mínimo por 150 días a los guardavidas y el que establecía un sueldo de cuatro salarios mínimos, cuestión que dejó sometida a una negociación paritaria.

La norma determina la política general en materia de servicio de vigilancia de guardavidas en playas marítimas, fluviales, lagos, lagunas, naturales o artificiales, arroyos, canales, natatorios, piletas, muelles y/o espigones utilizados para prácticas deportivas y/o recreativas.

Además establece que para desempeñarse como guardavidas, los aspirantes deberán poseer la “Libreta de Guardavidas“, debidamente expedida por la Comisión Provincial, hallarse inscripto en el Registro respectivo, ser mayor de 18 años y tener aprobadas las pruebas de suficiencia exigidas anualmente.

En su exposición, Raverta consideró “necesario legislar sobre la temática planteada a fin de, por un lado, posibilitar el desarrollo de toda actividad deportiva, recreacional o turística en nuestra provincia, y por otro revertir el vacío normativo imperante en la materia, contribuyendo a salvar vidas”.

Por último, aclaró que “actualmente no existe ley alguna en la materia, encontrándose parcialmente reglamentada por el decreto 27 del año 1989″.

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