La Cámara de Casación Penal prohibió la salida del país del suspendido juez Pedro Cornelio Federico Hooft, acusado de complicidad con delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
La Cámara de Casación Penal consideró que “las inmunidades previstas por ley no constituyen un privilegio que contemple las personas, sino las instituciones y el libre ejercicio de los poderes” para cuya función Hooft se encuentra suspendido.
Agregó que si bien la Ley 25.320 “limita la coerción necesaria para la persecución penal a aquellas medidas que puedan afectar la inmunidad de arresto del magistrado imputado” esa es una “hipótesis ajena a la medida solicitada”.
Recordó luego el “señalamiento del tribunal cimero (en alusión a la Corte Suprema de Justicia) acerca de que pesa sobre los jueces es un “especial deber de cuidado para neutralizar toda responsabilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación”.
Por todo ello, y teniendo en cuenta “las excepecionalísimas circunstancias del caso”, la Cámara de Casación resolvió hacer lugar al recurso de queja y “Disponer la prohibición de salida del país” de Hooft.
El fiscal De Luca había pedido esta medida alegando que “la eventual responsabilidad internacional del Estado argentino se encuentra comprometida, en caso que el imputado eluda la acción de la justicia” y recordó que “existen 72 imputados que hasta la fecha se encuentran prófugos, incluidos jueces y funcionarios”.
Recordó el caso del general retirado Eduardo Alfonso, ex secretario general del Ejército, “quién se diera a la fuga en una fecha inmediata anterior al dictado de la resolución (…) en la que se resolvió revocar el sobreseimiento y devolver los autos al Juzgado Federal de origen con la celeridad y resguardos que el caso imponía para que dictara el procesamiento del imputado”.
Argumentó al respecto que no pedía una medida restrictiva de la libertad ambulatoria de Hooft, sino “una restricción para salir del país regulada por el artículo 14 de la Constitución Nacional con el fin de prevenir que los tribunales argentinos pierdan jurisdicción sobre el imputado”.
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