Las claves de la reforma en la Suprema Corte y la danza de candidatos

Las claves de la reforma en la Suprema Corte y la danza de candidatos

El gobierno de Mendoza busca ampliar el número de siete jueces a nueve. Las razones que tienen para hacerlo.

 

Aumentar de siete miembros de la Suprema Corte de Mendoza a nueve es quizás el proyecto más ambicioso, políticamente hablando, del gobierno de Alfredo Cornejo, una vez caída cualquier posibilidad de reelección.

El proyecto que ingresó este lunes al Senado y que lleva la firma del senador Juan Carlos Jaliff, asegura que la razón del gobierno para lograr este objetivo es descomprimir las tareas de la Suprema Corte.

Según los considerandos del proyecto, actualmente hay un colapso, principalmente en la Sala II, que recibe causas penales y laborales, además de algunas administrativas.

Desde el 2013, esta sala ha recibido más de 5800 causas, asegura Jaliff en su proyecto, lo que lleva a que se atrase e incluso deje vencer algunas de ellas por demoras en la resolución.

En Tribunales. Cornejo felicita a Valerio ante la mirada del presidente de la Suprema Corte, Pedro Llorente.

En Tribunales. Cornejo felicita a Valerio ante la mirada del presidente de la Suprema Corte, Pedro Llorente.

Horacio Altamirano / Diario UNO.

"Hasta la fecha, esta situación se pretendía solucionarla con la estructura que tiene hoy en día nuestra Corte provincial aumentando, cada vez más, la cantidad de relatores (equiparados a magistrados). Las simples estadísticas han demostrado el fracaso de esta solución", afirma el escrito.

"Creemos que esto permitirá una actuación más rápida y efectiva respecto de las causas que llegan a su conocimiento y resolución, evitando las actuales demoras por el cúmulo de competencias y casos que llevan en definitiva al colapso mencionado", explica el proyecto.

 

Las reformas

Además de cambiar el número de integrantes, el proyecto señala la división de la Corte en tres salas y no dos como es hoy.

De este modo, la conformación quedaría así: la Sala primera con competencia en materia civil y comercial; la Sala segunda con competencia exclusivamente en materia penal y la Sala tercera con competencia en materia laboral.

Por otra parte se establece que las acciones procesales administrativas que deba conocer y resolver la Suprema Corte de Justicia son de competencia de la Sala Primera (Civil y Comercial) y de la Sala Tercera (Laboral), que serán adjudicadas en forma alternada de acuerdo a su ingreso y no por fecha como hasta ahora, así se evita que los litigantes elijan la Sala.

Asimismo, el Presidente de la Suprema Corte, que hoy no cumple funciones jurisdiccionales, (situación que no se repite en ninguna otro Tribunal Superior de Justicia del país incluido la Corte Suprema de Justicia de la Nación), pase a integrar una sala y a cumplir funciones jurisdiccionales.

Otros de los aspectos que se pretende regular r y establecer legalmente es la obligatoriedad de publicar los fallos, en la Web oficial de la Suprema Corte, que en la actualidad "a veces no ocurre, por lo menos en la Sala Penal". Asimismo se extiende esto a todas las decisiones que en forma de Acordada o resolución se dicten, en este caso en el boletín oficial.

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