Lo aclaró el juez de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, Marcelo Madina. Explicó que hace 5 años que las 11 comisarías locales que entran en la resolución no pueden alojar detenidos, por una orden judicial de 2006
Para conocer los efectos que la resolución 2119 imprimiría en Mar del Plata, El Atlántico entrevistó a Marcelo Madina, uno de los jueces de la Cámara de Apelación y Garantías en los Penal que hace cinco años atrás falló contra la permanencia de detenidos en comisarías.
-¿Qué opinión le merece la resolución ministerial que ordena la clausura de 90 calabozos en diversas comisarías de la Provincia de Buenos Aires?
-Es una medida que se compadece con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia en el caso Verbitsky, en tanto que evita que la comisaría sea un lugar de alojamiento para detenidos.
En este sentido, claro que es un avance, porque las comisarías no son lugares propicios ni recomendables para tener personas detenidas. No son espacios que cuenten con las infraestructuras necesarias; carecen de iluminación, ventilación, entorno para la recepción de visitas o provisión de alimentos. Y además, el personal policial no está capacitado para el tratamiento con detenidos.
También hay que decir que se avanza en ponerle fin a las corrupciones menores de esta institución, como la de la selección de los propios jefes del destacamento sobre qué internos van a penitenciarías y cuales no. Estos manejos se cortan, como también los maltratos y abusos para con las personas privadas de su libertad.
Desde este punto de vista, la resolución es deseable. Ahora, la realidad presenta otros problemas; aquellos vinculados a los primeros momentos de aprehensión de una persona y a la inexistencia de cupos suficientes en las alcaidías para alojar a todas las personas detenidas en determinado Departamento Judicial.
-De todos modos, en Mar del Plata la medida tendrá un impacto menor... Usted fue uno de los jueces que resolvió que sólo seis comisarías de la ciudad estuviesen habilitadas para alojar a detenidos por un máximo de 96 horas. El resto no puede...
-Exacto. En Mar del Plata sólo tendríamos que trasladar a 60 o 70 detenidos que hoy están distribuidos en las comisarías habilitadas, concretamente, en el destacamento femenino y en las seccionales cuarta, octava, décima tercera y en las de Balcarce y Coronel Vidal.
Esos son los únicos lugares habilitados en la ciudad, porque a raíz de ese pronunciamiento jurisdiccional se dispuso la clausura del resto de los calabozos.
Por eso que decimos que la disposición tendrá una incidencia menor en Mar del Plata. Aunque eso no sucederá en el Gran Buenos Aires.
-¿Considera que la decisión del Gobierno bonaerense responde a las advertencias formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que se alarmó por las condiciones de detención en las cárceles y comisarías provinciales?
-Las demandas contra la Argentina en relación a las situaciones de las personas privadas de libertad en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires son objeto de seguimiento de la Comisión, a tal punto que (César) Albarracín, como representante provincial, debió concurrir para rendir explicaciones.
Una de las obligaciones asumidas es el de mejorar las condiciones de detención, tanto en cárceles como en comisarías. Esta es una de las obligaciones asumidas por el Estado provincial.
En principio, y tras la resolución por el caso Verbitsky, se decía que en comisarías no podían permanecer personas enfermas ni menores. Eso dejaba un vacío para el colectivo que generalmente ocupa las comisarías.
Ante las condiciones de hacinamiento en seccionales policiales, que fueron comprobadas por el relator de la Comisión, es que la Provincia debió asumir el compromiso de disminuir el número de personas detenidas en comisarías u ordenar el cierre de los calabozos para el alojamiento de detenidos.
Sin duda que esto llega a cumplir con uno de los compromisos asumidos por la Provincia, más allá de que se mantiene latente y sin resolución la cuestión relativa a las condiciones de detención en las cárceles.
-El Comité contra la Tortura ratificó las cifras sobre la cantidad de detenidos en comisarías que difundió la Provincia, pero advirtió sobre el efecto que esta determinación generaría en las ya superpobladas cárceles bonaerenses...
-Sin lugar a dudas que va a provocar superpoblación. Pero eso se va a notar mucho en las unidades del Gran Buenos Aires y no en Mar del Plata. Este Departamento Judicial trabaja desde hace años con calabozos y comisarías inhabilitadas para alojar detenidos y también con una alcaidía.
En Mar del Plata el tema está resuelto, pero en otras localidades de Buenos Aires donde no existen alcaidías, la persona que es aprehendida deberá ser llevada a unidades penitenciarias. No es conveniente que la persona antes de que se resuelva su situación procesal ingrese a una unidad penal.
MENORES: UNA DEUDA PENDIENTE
-¿Dónde es que permanecen alojados los jóvenes aprehendidos por un delito penal?
-La situación con los menores de edad es especialmente conflictiva. En este momento, se está tramitando un habeas corpus ante esta instancia, porque los menores no cuentan con un lugar de alojamiento de tipo alcaidía ni tampoco pueden ser trasladados a las comisarías convencionales.
Hay un lugar en la sede de los Juzgados de Menores que está siendo acondicionado –porque tampoco está en condiciones-, pero lo cierto y concreto es que el menor aprehendido a las 3 de la mañana, si no puede ser alojado en el Centro de Recepción, espera en un patrullero o en una dependencia de la comisaría que no sea el calabozo, con personal policial que tampoco es el apropiado.
Luego tienen que ser trasladados a la sede del Juzgado de Garantías donde también tiene que esperar para ser recibidos por los médicos, por los cuerpos periciales, por el fiscal y el juez. Todo esto da cuenta que llevan un período de tiempo considerable en condiciones que no son las adecuadas.
LA RESOLUCIÓN DE 2006
Un hábeas corpus colectivo, presentado por la Defensoría General Departamental en 2006, fue la denuncia que motivó la adopción de una resolución judicial que ubicó a Mar del Plata a la vanguardia de la protección de los derechos de presos en comisarías.
Ante las denigrantes condiciones de detención detectadas en seccionales marplatenses y las sucesivas denuncias de personas privadas de su libertad por los maltratos institucionales a los que fueron sometidos, la sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal dispuso la clausura inmediata y definitiva de los calabozos existentes en las seccionales policiales 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 9°.
Sólo las comisarías 4º, 8º y 13º, más el destacamento femenino de Independencia al 2400 y las dependencias policiales de Balcarce, Miramar y Coronel Vidal pueden hoy alojar presos hasta por 96 horas.
El sustento de esta resolución se fundó en las inspecciones oculares realizadas en comisarías y en los informes de la Departamental de Policía y el Ministerio de Seguridad.

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