Fue lo que estimaron desde el sindicato local. El año pasado sólo estaba registrado el 30 por ciento.
Desde el gremio estimaron que a julio último, un 50 por ciento de las “70 mil” trabajadoras está inscripto bajo el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares incorporado en la Ley 26.844, sancionada por el Congreso de la Nación en marzo de este año. El incremente es significativo si se tiene en cuenta que el año pasado, también en julio, el blanqueo sólo alcanzaba al 30 por ciento de quienes limpian casas, cuidan niños y realizan otras tantas tareas que demandan miles de familias cordobesas.
Siempre sobre la base de estas estimaciones, ya que la Afip no informó aún el resultado de la registración masiva –Día a Día intentó sin éxito contar con la palabra oficial–, podría calcularse que en los últimos meses unas 14 mil personas comenzaron a cobrar con recibo de sueldo, lo que les permite, entre otros beneficios, la posibilidad de acceder a una cobertura médica, vía obra social.
En el plano nacional, la precariedad laboral, antes del último blanqueo, alcanzaba al 85 por ciento de las trabajadoras. “La situación mejoró después del blanqueo, pero todavía quedan muchas trabajadoras que no pueden hacer valer sus derechos”, aseguró Alcira Burgos. La apoderada de Sinpecaf se empeñó en destacar: “Tenemos que dejar de pensar en término de patrón-empleada; la relación es de empleador-empleada”, y aportó un dato que sirve como referencia del movimiento que produjo en el sindicato la registración obligatoria para todos los empleadores. “Se duplicó el nivel de consultas en nuestro sindicato: pasamos de las 600 mensuales de julio del año anterior, a las 1.200 actuales”.
Según Burgos, el 90 por ciento de quienes buscan asesoramiento en el sindicato llega enviado por los empleadores –“todavía hacemos lo que el patrón dice”, insistió–, mientras que el resto lo hace por iniciativa propia. “Venimos de la esclavitud, pasamos a la servidumbre, y ahora, 50 años después, logramos que se nos considere como trabajadoras”, aseveró.
Queda mucho por ordenar. El miércoles, en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Nación, se comenzó a debatir sobre la reglamentación de la flamante ley, de la que quedaron aspectos importantes por definirse. Entre ellos, se destaca el monto que deberá abonar el empleador cuando sea obligatorio que la trabajadora esté cubierta por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART). Se estima que ese costo superará los 100 pesos mensuales.
También está pendiente resolver cómo se computarán las vacaciones pagas para el caso del personal que trabaja menos de 16 horas semanales. La idea que llevará Sinpecaf a la próxima reunión en Buenos Aires es que sea proporcional.
Donde sí hubo avances concretos es en cuanto a la licencia por maternidad. Burgos adelantó que ya están a disposición, en las dependencias locales de la Anses, las planillas que deben completar las trabajadoras a punto de ser madres para poder percibir durante tres meses el sueldo a costa del Estado. Para acceder a este derecho, está claro, es necesario que el personal esté registrado.
Por otra parte, el sindicato local planteó la necesidad de lograr que la actual cuota sindical (20 pesos) que pagan voluntariamente las trabajadoras, sea descontado directamente en el recibo de sueldo. “Estamos analizando que sea el 1,5 por ciento del sueldo. Nos dijeron (en el Ministerio) que es posible”, se esperanzó la representante del gremio.
En cuanto al pedido de adelanto del aumento anual, que suele fijarse en noviembre y lo seguirá haciendo la cartera laboral hasta que se conforme la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, Burgos volvió con las manos vacías. Sólo logró el “compromiso” de estudio por parte de los funcionarios. La expectativa es lograr un ajuste en torno al 25 por ciento.
Ley en mano. En Sinpecaf aseguran que las trabajadoras peruanas son las que más pelean por hacer valer sus derechos.
Cómo pagar el nuevo formulario
El formulario 102/B, disponible desde mayo en la web de la Afip, incorpora los cambios contemplados en la Ley 26.844, que pone al personal doméstico en igualdad de derechos con el resto de los trabajadores: vacaciones pagas, licencia por maternidad y por enfermedad, indemnización por despido, y una jornada de trabajo de 48 horas semanales como máximo.
Desde la aprobación de la nueva normativa se modificó la escala de horas trabajadas por semana. El rango más bajo quedó en “menos de 12 horas” semanales, por lo que el empleador debe pagar 20 pesos mensuales. En tanto, el máximo aporte a pagar llega a 135 pesos para “más de 16 horas” semanales. Es oportuno señalar que sólo con los 135 pesos se da acceso a los derechos de la seguridad social (se puede llegar a esa cifra entre varios empleadores de una misma persona).
En el nuevo recibo de pago (se puede completar en línea en www.afip.gov.ar/genericos/formularios/archivos/interactivos/F102B.pdf) se incorpora la fecha de ingreso laboral de la empleada (aspecto clave a tener en cuenta a la hora del despido), el puesto desempeñado según la categoría del personal, la cantidad de horas trabajadas, la modalidad de la liquidación (diaria, semanal, mensual) y el detalle de la remuneración. Aquí se incorpora el sueldo básico (según la categoría) y otros conceptos como horas extras, el aguinaldo y las vacaciones.
El formulario, una vez completo, debe imprimirse por duplicado. Al pagar el aporte (se lo puede hacer en bancos, cajeros y servicios como Rapipago) el empleador recibe dos comprobantes: uno debe quedárselo él y otro para la empleada. Es bueno recordar que los empleadores pueden deducir hasta 1.296 pesos por mes de la base imponible del Impuesto a las Ganancias.
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