Chile exige nuevo seguro para cruzar pasos fronterizos

Se trata de un decreto del vecino país, que rige desde el 6 de este mes, que exige a quienes transiten temporalmente ese país contar un con seguro obligatorio de accidentes personales. Las aseguradoras locales no cuentan aún con este servicio, mientras desde el Gobierno provincial se realizan gestiones para evitar que este requisito genere trastornos en la próxima temporada estival.

A poco del inicio de una nueva temporada de verano, desde Chile dieron a conocer la implementación de un nuevo decreto que exige, a quienes transiten temporalmente por ese país, la obligatoriedad de contar con un seguro de accidentes personales como requisito para cruzar por los pasos fronterizos.

La medida comenzó a regir desde el 6 de este mes, y si bien no contar con este seguro no será impedimento para ingresar a Chile, sí será considerada una infracción de tránsito, por lo que los automovilistas que no cuenten con el mismo podrán ser multados.

Al no ser ampliamente difundido, este nuevo requisito solicitado por las autoridades chilenas ha generado malestar e incertidumbre entre los fueguinos que proyectar comenzar sus vacaciones en el Continente.

Las empresas de seguros locales ya reciben inquietudes de sus clientes al respecto, aunque no cuentan aún con este tipo de cobertura que solicita Chile.

En este contexto de confusión, el Gobierno provincial dio a conocer ayer una gacetilla de prensa en la que sostiene que la Subsecretaría de Relaciones Internacionales, en conjunto con la Coordinación Provincial de Limites y Fronteras, mantuvieron comunicaciones con la Coordinación de Pasos Fronterizos de la República de Chile y la Dirección Nacional de Límites y Fronteras dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Argentina, solicitando información a la Embajada Argentina en Chile en relación al procedimiento de aplicación del Decreto Supremo 151.

En ese sentido, se solicitó a la Embajada Argentina que tome intervención en todo lo concerniente a esta disposición “a fin de garantizar el paso por las rutas según lo estipula la Ley sin ocasionar ningún perjuicio a los viajantes, teniendo en cuenta la proximidad de la temporada estival”.

De la misma forma, se encuentra prevista para el 29 de noviembre la “4° Reunión Trimestral de Coordinación de los Pasos Fronterizos San Sebastián y Paso Integración Austral”, del que participaran autoridades de Cancillería de Argentina y Chile, momento en el que también se pondrá en análisis el Decreto 151.

Según consta en el Decreto, “los vehículos motorizados, sus remolques, acoplados u otros similares arrastrados por éste, que tengan matricula extranjera, que ingresen provisoria o temporalmente al país y durante todo el período de tiempo que circulen en él, deberán contratar un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales”, siendo excluidos únicamente, aquellos vehículos a los que se les apliquen Convenios o Acuerdos Internacionales que contengan normas sobre seguros.

Asimismo, en el artículo segundo de dicha reglamentación, se indica que “el seguro se podrá contratar con compañías de seguros nacionales o compañías de seguros extranjeras si la contratación se efectuarse fuera del territorio nacional. En este ultimo caso se deberá informar la existencia de un convenio entre las compañías de seguros establecidas en Chile y las extranjeras”.

Se debe tener en cuenta además que “el período de vigencia del seguro no podrá ser inferior al correspondiente a la permanencia autorizada del vehículo en el territorio nacional”.

El Decreto Supremo 151 rige desde el pasado 6 de noviembre y establece que quienes viajen a bordo de vehículos con matrícula extranjera por las rutas y caminos chilenos, deberán contar con un “Seguro Obligatorio de Accidentes Personales”. No contar con este seguro no será impedimento para ingresar al vecino país, aunque sí será considerada una infracción de tránsito y se labrarán multas.

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