Causa por el robo de bebés: apelaron la falta de mérito del médico Torrealday

Causa por el robo de bebés: apelaron la falta de mérito del médico Torrealday

Los fiscales y querellantes presentaron sus apelaciones a la falta de mérito dictada por el juez Federal Leandro Ríos respecto de Miguel Alberto Torrealday, en la causa donde se investiga la sustracción y sustitución de identidad de unos mellizos nacidos en el Hospital Militar de Paraná durante la última dictadura cívico-militar.

 El médico era uno de los dueños del Instituto Privado de Pediatría (IPP), donde fueron internados los hijos mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela, a raíz de supuestas complicaciones respiratorias y cardíacas. A Torrealday se le imputa haber sido quien coordinó el ingreso y permanencia de los mellizos en la sala de neonatología del IPP, se le atribuye haber sido quien les dio el alta médica y los entregó a personas que no eran sus familiares ni ostentaban ningún poder legal sobre ellos. Se le acusa, además, no haber denunciado estas circunstancias ante un juez de menores. También se lo acusa por haber permitido en su clínica privada a un bebé sin nombre (NN López), y otro con nombre falso (Soledad López).El juez Ríos consideró que “los elementos probatorios reunidos resultan insuficientes para tener por acreditado, con el mínimo grado de probabilidad requerido en este estadio procesal, la responsabilidad del encartado (Torrealday) en los hechos, al tiempo que tampoco resulta viable dictar su sobreseimiento”.

Los fiscales Mario Silva y José Ignacio Candioti presentaron ayer un escrito de apelación en el que rebatieron uno por uno los argumentos del juez y dejaron sentado, no solo que corresponde revocar la falta de mérito, sino que las pruebas son suficientes para dictar el procesamiento del médico, según pudo saber El Diario.

Del mismo modo lo hicieron los querellantes Marcelo Boeykens (en representación de Sabrina Gullino), Lucía Tejera (por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) y Santiago Bereciartua (en nombre de Abuelas de Plaza de Mayo), quienes cuestionaron la “manipulación” que hizo el juez de las pruebas aportadas respecto de la responsabilidad de Torrealday, “particularmente en las testimoniales”, como también su valoración “fragmentada”, “aislada” y “arbitraria”.

El nombre de Torrealday había sido apuntado en el juicio que se desarrolló en 2011 contra los integrantes de la patota del Destacamento de Inteligencia de Rosario. Los médicos y enfermeras del IPP lo señalaron como quien tenía mayor preeminencia en las decisiones que se tomaban en la sala de neonatología.

Una de ellas dio cuenta de la presencia de un recién nacido proveniente del Hospital Militar que se encontraba “aislado”, “en una incubadora de emergencia que se utilizaba para chicos en riesgo” y que en la tarjeta de identificación decía “NN”. Según dijo, “el que le daba atención era el doctor Torrealday”.

Otra enfermera, inclusive, recordó a un bebé proveniente del Hospital Militar, que según comentarios era hijo de una “guerrillera” y que la esposa de David Vainstub, otro de los socios, iba a visitarlos.

Esos testimonios son los que sostienen la acusación y fundan la apelación presentada por los fiscales y querellantes respecto de la falta de mérito. Ambos hicieron hincapié en el rol de jefe que en los hechos ejercía Torrealday, cumpliendo la tarea de controlar a los pacientes internados en la sala de neonatología.

En su escrito, los abogados querellantes señalaron además que “aun cuando el IPP fuese una institución de puertas abiertas, el imputado, como responsable del área, no podía desconocer la situación de los niños ingresados a la institución, tanto en las afecciones médicas que estos padecían como en la cuestión administrativa contable de la incipiente institución” y pusieron de resalto que la clínica era “una institución médica nueva con poca capacidad de internación en el área de neonatología (…) no un nosocomio con gran dimensión que permitiera inferir que los dueños no conocían su estado de salud, su procedencia y quién se hacía cargo del pago de los honorarios de dos pacientes ingresados como ‘NN’”.

En la misma línea de razonamiento, los querellantes señalaron que “aún en el caso de los bebés que fueran atendidos por profesionales ajenos a la institución, la responsabilidad penal del imputado no se vería modificada ya que se omitieron los recaudos legales en materia de registración y atención de los menores de edad”, porque está probado que los mellizos nacieron en el Hospital Militar, que fueron internados en el IPP y que egresaron de allí ese mismo día, por lo que el paso de ambos por la clínica privada “fue necesario para perpetrar su sustitución de identidad, hecho que no puede ser puesto en duda por el juez”, sentenciaron finalmente.

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