Pide que se revise el fallo del juez Jorge Videla, quien sobreseyó a cuatro de los imputados en la causa por el homicidio culposo del niño. El magistrado sólo consideró que el exresponsable de la seguridad debe ir a juicio.
Así lo adelantó ayer una alta fuente judicial que explicó que el fiscal recurre a la Cámara de Apelaciones provincial con la expectativa de revertir el fallo del juez local que resolvió el sobreseimiento del exresponsable técnico a nivel local de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), Mauro Millán, y los exsupervisores o inspectores de obra, Fabio Huarte, Roberto Yarcho, Guillermo Larghi, quienes habían sido imputados por el homicidio culposo del niño.
Videla resolvió elevar la causa a juicio correccional con un solo imputado. Se trata del exencargado de la seguridad del trabajo que fue contratado por la Unidad Ejecutora, Andrei Nicolás Trejsvoiakov.
Ayer, la fuente judicial dijo que para el fiscal los cuatro que recibieron el sobreseimiento “no cumplieron con el deber de cuidado”.
Explicó que el fiscal sostiene que el principio de confianza que funciona en todo equipo de trabajo no funcionó para evitar la muerte del chico.
La fuente señaló que el fiscal apunta a que hubo dos incidentes con la línea de media tensión y camiones en el predio donde la Unidad Ejecutora acopiaba cenizas volcánicas y ocurrió la muerte de Fermin.
Esos incidentes surgieron de los testimonios que se tomaron durante la tramitación de la causa al personal que trabajó en ese momento.
Además, indicó que el fiscal señala en su escrito que el EPEN envió una notificación sobre el riesgo que representaba el trabajo en ese lugar por donde pasaba una línea de media tensión.
Sin embargo, para el fiscal ni el jefe ni los supervisores ni el responsable de la seguridad hicieron nada. Por eso, insistirá que aunque fueron advertidos no cumplieron con el deber de cuidado.
Para el juez, en cambio, de acuerdo a las pruebas y testimonios recolectados durante la causa, Trejsvoiakov era el único encargado de la seguridad e higiene del trabajo de la Unidad Ejecutora.
Destacó que los otros cuatro exintegrantes de la Unidad Ejecutora “cumplían otras funciones diferentes y la seguridad no era responsabilidad de ellos”.
La fuente sostuvo que para el juez, el contrato que vinculaba a Trejsvoiakov con la Unidad Ejecutora establecía que la función de la seguridad era indelegable.
El hecho
El hecho investigado ocurrió la tarde del 29 de febrero de 2012, cuando Eric jugaba con otros dos chicos sobre una montaña de cenizas volcánicas, en un predio dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial, que estaba ubicado frente al Banco Patagonia. Allí, recibió una descarga eléctrica de una línea de media tensión del EPEN que pasa por el lugar y que estaba a poca distancia de la cima de un montículo de cenizas, lo que causó su muerte. El pequeño tenía 9 años.
El fiscal presentó a mediados de abril del año pasado el requerimiento de instrucción y la promoción de acción penal ante el juzgado de primera instancia en todos los fueros de Villa La Angostura, a cargo de Videla, para que se investigue a los cinco empleados de la Unidad Ejecutora por su posible vinculación con el homicidio culposo del niño.
Para la Fiscalía, los imputados habían omitido la implementación de medidas de seguridad, como cartelería indicativa de la obra sobre los peligros que acarreaba la acumulación de ceniza volcánica, en un predio por donde cruzaba una línea de media tensión del EPEN. Sin embargo, el juez consideró que se debe juzgar y determinar la responsabilidad en un juicio correccional del exjefe de la seguridad.

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