El titular de Instituto de Seguro de Jujuy Daniel Palumbo dijo que ese cobro es dañoso para el bolsillo de los afiliados.
En rueda de prensa, el titular del ISJ explicó que en el seno de Cospra se adoptó una postura inamovible respecto al cobro indebido de adicionales, tomando como parámetro que la inscripción de los prestadores en las obras sociales no es obligatoria, sino voluntaria, por lo que al aceptar brindar los servicios profesionales también está aceptando las reglas de juego que brinda la organización de salud.
En lo que respecta estrictamente a la posición de la obra social jujeña, Palumbo remarcó que el documento de Cospra está en estricta sintonía con la política del ISJ y recordó que el organismo hace nueve años viene cumpliendo en forma rigurosa su compromiso con los prestadores. “El Instituto no tiene deuda ni atraso en el pago por los servicios prestados, por lo tanto vamos a estar pendientes a todas las inquietudes y denuncias que nos transmiten nuestros afiliados en torno a este cobro indebido”, añadió.
Aseguró que el cobro adicional ilegal va a ser castigado duramente, porque no corresponde y porque daña a los afiliados y a sus bolsillos. Aclaró que cada prestador de la obra social dio, al ingresar a la cartera del ISJ, su conformidad de cobrar los valores establecidos por el organismo y que no existen razones para exigir a los afiliados el pago de un adicional.
Palumbo dijo además que por este tipo de cobros no se extienden comprobantes y que ello también lleva a la evasión fiscal de los profesionales del arte de curar que incurren en estos actos indebidos. “Esto provoca un hecho ilícito que está penado por la ley, pero a la vez implica un mal momento para el afiliado que por temor no exige el comprobante por el pago efectuado”, se explayó.
Reconoció que el ISJ recibió denuncias por estos hechos y que las mismas derivaron en reuniones del directorio de la obra social con directivos de las diferentes instituciones colegiadas que representan a los profesionales de las distintas ramas de la salud, llegando incluso a advertir sobre las sanciones aplicables a los prestadores.
Aseguró que los fundamentos que esgrimen los prestadores que incurren en estos actos son falaces, al señalar que no es verdad que el valor de las prestaciones no sea satisfactorio para los profesionales y menos aún que el cobro del adicional se realiza por el retraso en el pago por parte de las obras sociales. “Hay muchos argumentos inválidos que expresan los prestadores que exigen el pago de un plus indebido”, finalizó.

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