Antes de ser suspendido en su cargo, el juez Pedro Hooft le concedió una probation a los cuatro imputados por la muerte del actor Juan Carlos Stebelski. Deberán realizar tareas comunitarias y un taller de actualización de trabajos para tareas de altura
Una regla de constructor metálica cayó desde el octavo piso de un edificio en construcción y se incrustó, de punta, en la cabeza del actor.
Tendido en la vereda, sangrando, a metros del Centro Cultural Soriano fue asistido por los transeúntes que eventualmente pasaban por el lugar, quienes llamaron a una ambulancia. Los responsables de la obra, sólo se acercaron para retirar el elemento que hirió gravemente a Stebelski.
A partir de ese momento quedó inconsciente, ingresó a una clínica local en terapia intensiva donde fue sometido a un coma farmacológico del cual logró salir, pero nunca salió del estado de inconciencia que le produjo el golpe. Presentaba una mínima conexión cerebral que se iría debilitando hasta alcanzar la muerte en junio de 2010.
La fiscal María Teresa Martínez Ruíz imputó por “homicidio culposo” al director de la obra (Cristian Contreras), al director técnico de la Constructora Sumar SA (Enrique Madinuchi), al asesor externo (Blas Pagano) y al operario al que se le cayó el hierro (Pedro Díaz).
Luego, la causa pasó a la Fiscalía a cargo de David Bruna. A mediados de 2012, los hijos del actor cuestionaron al representante del Ministerio Público debido a que confirmó el pedido de suspensión de juicio a prueba o "probation" para los dos arquitectos, el ingeniero y el operario de la obra incriminados, lo que permitía su absolución directa tras distintos períodos de trabajos comunitarios. La familia Stebelski reclamó la realización de un juicio oral y público para determinar la responsabilidad de los cuatro imputados en el caso.
Antes de ser suspendido en su cargo por estar acusado de delitos de lesa humanidad, el juez Pedro Hooft ratificó la decisión del fiscal Bruna. Por lo tanto, los cuatro imputados sólo deberán realizar un taller de actualización de trabajos para tareas de altura y además llevar adelante comunitarias en una institución de bien público, a razón de 250 horas en total.
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