Dónde están las fallas en el sistema. Cómo se puede mejorar.
Hoy, técnicamente, rige sobre Pablo Cuchán el principio de inocencia. La sociedad en su conjunto y un tribunal ya lo condenaron por el brutal homicidio de Luciana Moretti, aunque el sistema judicial, responsable de evaluar su conducta, todavía no dio la palabra final. Pasaron 11 años y 6 meses del hecho y casi lo mismo vivió él en prisión, hasta que el martes fue excarcelado. Una indefinición inconcebible, en especial para los familiares de la víctima y hasta para el propio imputado.
¿Qué podría haber cambiado con una sentencia firme? Posiblemente Cuchán seguiría preso, porque a los condenados, una vez que cumplen los dos tercios de la pena, se les exige, para obtener la libertad condicional, un informe criminológico (con pericias psicológica y socioambiental, a fin de establecer si es favorable su reinserción social), que en el caso de los procesados (o sin condena) como él no es requisito, al menos para una parte mayoritaria de la doctrina jurídica. Los menos creen que en estas circunstancias se puede equiparar al procesado con el penado y otorgar el beneficio no solo con el tiempo de detención (2/3 de la pena) y la buena conducta carcelaria, sino también con estudios personales más profundos.
Si hubiera existido sentencia firme, las evaluaciones podrían haber sido desfavorables para el acusado. En el juicio oral de 2007 quedó claro que las pericias advirtieron una personalidad "con componentes psicopáticos y narcisistas y falta de emotividad y arrepentimiento". Además, dos exnovias que declararon en el debate le reconocieron rasgos de violencia y mendacidad. Y si la eventual respuesta para su salida era negativa, probablemente tendría que haber seguido entre rejas 6 años más, hasta agotar la sanción impuesta.
La otra pregunta que cae de maduro es qué pasó para llegar a este extremo. La respuesta es laberíntica: el crimen fue el 16 de octubre de 2004, a Cuchán se lo detuvo diez días después y, luego de tres años, fue condenado en juicio oral a 18 años de prisión por homicidio simple (los detalles más macabros, a partir de la disposición del cadáver, no configuraron delito).
En los casi 9 años sucesivos hubo una apelación al Tribunal de Casación -que redujo la pena a 17-, el traslado a la Suprema Corte provincial -que anuló esa sanción por una cuestión técnica y ordenó una nueva decisión- y, en el medio, un recurso extraordinario presentado por la defensa de Cuchán ante la Corte de Nación que, después de tres años, fue rechazado el mes pasado. La causa regresó a Casación y en los últimos días se volvió a fijar la pena de 17 años para Cuchán. Sin embargo, no se descarta un nuevo recurso que podría mantener el expediente sin sentencia firme.
Falencias
El Tribunal de Casación Penal bonaerense, con asiento en La Plata, fue creado en 1997 y comenzó a funcionar con la reforma procesal de 1998. Se inició con tres salas de tres jueces cada una, aunque la acumulación de causas en materia criminal, procedentes de toda la provincia en instancia de apelación, generó un evidente cuello de botella.
En 2012 se duplicaron las salas (de 3 a 6), aunque la cantidad de jueces es la misma que hace 19 años, ya que cada sala tiene dos magistrados y algunas presentan vacancias, con lo cual se logró una mejoría -especialmente en las causas más nuevas, según reconocen en los pasillos de Tribunales- pero no una agilización efectiva de los trámites, en particular los más viejos.
Además, la ley 14.295, dictada en 2011 para regionalizar el Tribunal de Casación (Bahía Blanca hubiera dependido de dos salas a crearse en Mar del Plata y además iban a existir otras 6 en otras tantas cabeceras), nunca se promulgó (dicen que por razones presupuestarias y la resistencia del propio tribunal, que advertía una falta de seguridad jurídica y una virtual anarquía interpretativa). Se cree que María Eugenia Vidal directamente la va a derogar.
A partir de este contexto de concentración de causas, que también se advierte en la Suprema Corte, se puede explicar -de ninguna manera justificar- este tipo de demoras excesivas. Por lo bajo algunos reconocen que también influye la falta de contracción al trabajo en determinados ámbitos y otros también ponen la lupa en la amplitud de vías de apelación, que muchas veces se utilizan como una estrategia de parte y no con el fin recursivo.
Dilación incomprensibleOtra causa testigo: la de Goyeneche, Corona y Martín
Como el de Cuchán, existen muchas causas que atravesaron una demora preocupante que atenta contra la administración de Justicia. Otra resonante, y llamativa por su dilación, fue la que tuvo como procesados a Martín Goyeneche, Juan Antonio Corona y Rubén Oscar Martín, acusados de la instigación al robo del automóvil Chevrolet Corsa que ocupaban María Victoria Chiaradía y Héctor Horacio Iglesia Braun.
El hecho -del que derivó la instigación- sucedió en octubre de 2000, casi tres años después hubo condena para los tres a 10 años de prisión de un tribunal local, aunque la misma recién adquirió firmeza, en el Tribunal de Casación, en abril de...¡2015!.
Para esto, en 2005 todos recibieron la excarcelación en términos de libertad condicional (igual que Cuchán) y se agotó la pena antes de que adquiriera firmeza. De hecho, Corona falleció en 2013, aún en condición de procesado.
Hugo Cavallaro: “Deben cubrir las vacancias”
Un reconocido excamarista penal, el doctor Hugo Ángel Cavallaro, calificó como “suficiente” la cantidad de salas de Casación que actualmente funcionan en la provincia de Buenos Aires, aunque reclamó la cobertura de los puestos vacantes, para agilizar los procedimientos.
“Considero que no es necesario crear nuevas salas, ya que las 6 existentes resultan suficientes. Sí, en cambio, cubrir los cargos vacantes”, sentenció.
Para Cavallaro, “es indudable que los actos procesales deben tener sustento en la ley penal. Sin embargo, no debemos perder de vista que los que emanan de los jueces son actos humanos y, como tales, cabe la posibilidad de su irregularidad o injusticia”.
“Esa posibilidad de error de los jueces dictando fallos injustos, equivocados, o ilegales, con el grave riesgo que ello implica, es el fundamento que tienen las partes para intentar corregir ese defecto, mediante el remedio del recurso, a fin de que se examine nuevamente la cuestión, y se repare el gravamen. Por ello, no creo conveniente limitar las vías recursivas de los defensores”, aseveró Cavallaro.
A modo de conclusión, el letrado sostuvo que “más allá de las circunstancias particulares que rodearon a un hecho puntual, como el que nos ocupa, y, más allá de las posibles demoras que hayan existido en la instancia de Casación y en Suprema Corte, ello no sería motivo para cambiar la legislación recursiva, como así tampoco crear nuevas Salas de Casación”.
Opiniones divididas entre los operadores del sistema
Para el doctor Gerardo Rafael Salas, presidente del Colegio de Abogados de Bahía Blanca, es “inexplicable” que el sistema pueda demorar 11 años o más para llegar a una sentencia firme, aunque, por otro lado, se mostró en contra de limitar las apelaciones.
“Las vías recursivas no pueden limitarse porque, incluso, se violarían las convenciones internacionales, que están incorporadas a la Constitución Nacional. No se puede limitar el derecho que los imputados tienen a su defensa”, recalcó.
De todas maneras, reconoció que “habría que extremar el cuidado” para que los distintos canales se empleen en los plazos que corresponden.
Guillermo Mércuri, titular del Colegio de Magistrados local, se manifestó en sentido contrario a Salas: “existen opiniones divididas dentro de la propia justicia; yo soy de la idea de que hay que limitar la cuestión recursiva, pero con mucho cuidado”, afirmó.
Mércuri, también juez de Garantías, reconoció como positivo el sistema de doble conforme o doble instancia, que le da derecho al acusado de un delito a recurrir un fallo condenatorio ante un tribunal superior.
“Sistema falible”
Según Mércuri, “la justicia se reconoce como un sistema falible, presentar recursos es algo lógico y está bien, lo que no significa que debemos ser la máquina de generar recursos.
"Cuando se utiliza el recurso como una estrategia, para dilatar una causa judicial, no está bien y hay que buscar la forma que esto no se llegue a concretar”.
“Sin conocer la causa (que tiene por acusado a Pablo Cuchán), me resulta inexplicable que pueda demorar más de 11 años sin sentencia firme”, ratificó, por su lado, Salas, quien hasta el 31 de mayo estará a cargo del Colegio de Abogados local.
El fiscal Mauricio Del Cero, especializado en Delitos Sexuales, puso el acento en la necesidad de crear nuevas salas en Casación, a fin de evitar el “embotellamiento” de causas, y también se expresó preocupado por ciertas dilaciones que surgen del empleo de los recursos apelatorios, más allá del derecho que la ley le fija a los procesados.
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