Iván Andrés Mercol (22) falleció en la tarde del domingo 19 de marzo de 2006. En la madrugada de ese día sufrió una golpiza en el interior de un local nocturno de la avenida Corrientes. La Justicia determinó, en principio, que Ruiz y Cantallops habían sido los autores.
Pero la preocupación de los abogados de la familia Mercol pasa por las contradicciones en Misiones sobre la interpretación que existe por parte del Superior Tribunal de Justicia, tras la reforma del Código Procesal Penal, que permitirían realizar a la defensa de los acusados un nuevo planteo de apelación que podría dilatar varios meses la concreción del jucio oral.
Carátula
El crimen de Iván Mercol (22) está caratulado como “homicidio preterintencional”, es decir que los autores tuvieron la intención de lesionar a la víctima, pero no de quitarle la vida. La pena máxima prevista por el Código Penal Argentino es de seis años.
Qué dice la reforma
El nuevo Código Procesal Penal de la provincia, en vigencia desde marzo último, establecía que los delitos con penas de hasta seis años serían jurisdicción exclusiva de los Juzgados Correccionales. La normativa aplicaba para todas las causas, tanto las que se iniciaban como las que se encontraban en trámite.
Así las cosas, el expediente Mercol ya había sido girado desde el Tribunal Penal 1 posadeño hasta el Juzgado Correccional y de Menores Nº 1 de Posadas, a cargo de la magistrada Marcela Leiva, al igual que otras 700 causas que cumplían con esas características.
Sin embargo, en una muestra de la improvisación con la que se manejó, el STJ lanzó la acordada 15/2014 en la que “estableció” que lo estipulado en el flamante Código
Procesal alcanzaba recién a los casos tramitados a partir del último 11 de marzo y no a los anteriores.
Se inició entonces la polémica. Es que las fuentes consultadas aseguraron que una ley provincial como lo es la que incorporó el nuevo Código Procesal jamás puede ser modificada por una “acordada”, una suerte de notificación interna utilizada por el STJ.
Más allá de que muchos en el fuero penal consideraron el intento de modificación no es viable, lo cierto es que ahora la defensa podría apelar en razón de que, según la ley vigente, Ruiz y Cantallops deberían ser juzgados en el ámbito Correccional y no en un tribunal penal.
En caso que esto sucediera, el STJ?deberá resolver esa apelación. Y si esa respuesta no convence a los defensores, los mismos podrían llegar una vez más hasta la
Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y para que exista “Justicia” por Iván, como piden sus familiares y amigos, lo que menos sobra es el tiempo, puesto que la causa prescribirá en 2015.
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