En agosto del año pasado había sido juzgado en un Tribunal de Azul. Y dada la sanción que le impusieron, inmediatamente se había hecho efectiva su detención.
El Dr. Benjamín Sal Llargués, presidente de la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal bonaerense. El juez fue uno de los que dispuso la liberación de este hombre, que había sido condenado a treinta años de cárcel en un Tribunal azuleño y estaba preso desde agosto del año pasado.
Cuando una de esas menores tenía 12 años de edad, el abuso sexual al que la sometía su papá se tradujo en acceso carnal. Y las consecuencias fueron más graves para ella: quedó embarazada de su padre y tuvo una hija, en abril del año 2005.
Escribe Fabián Sotes De la Redacción de EL TIEMPO fsotes@yahoo.com.ar Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Una polémica decisión dispuesta por mayoría en una de las salas del Tribunal de Casación Penal bonaerense dejó días pasados en libertad a un hombre que en agosto de 2009 había sido condenado en un Tribunal azuleño a treinta años de prisión como autor penalmente responsable de un grave caso de abuso sexual.
La libertad de este hombre, un olavarriense que tiene 31 años de edad, fue dispuesta en Casación en respuesta a la apelación de un recurso de habeas corpus que en primera instancia le fuera denegado en la Cámara Penal de Azul al Defensor Oficial que lo patrocinó durante lo que había sido el juicio.
La Sala Primera del Tribunal de Casación, presidida por el Dr. Benjamín Sal Llargués e integrada también por los Drs. Carlos Natiello y Horacio Piombo, fue la que intervino en el caso.
Por mayoría, y contando para eso con los votos de los Drs. Sal Llargués y Piombo, el imputado recuperó su libertad, argumentándose entre otras cosas que el fallo que lo condenó en un Tribunal azuleño no está firme y que no existen elementos que permitan dilucidar que, a pesar de la pena impuesta, el encausado obstruirá el accionar de la justicia al fugarse.
Los antecedentes del caso
Cuando el lunes 24 de agosto del año pasado se anunció el fallo de este juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, la resolución tuvo características extraordinarias. No sólo por la magnitud de la pena que le impusieron al imputado, treinta años de prisión, sino también por lo ocurrido ese mismo día con este hombre.
Los jueces Gustavo Abudarham, Alejandra Raverta y Gustavo Borghi, teniendo en cuenta esos treinta años de prisión que le habían impuesto por unanimidad, dieron lugar a la solicitud que el representante del Ministerio Público Fiscal había formulado en su alegato junto con el pedido para que fuera condenado a la pena que finalmente le impusieron.
Al respecto, el Dr. Néstor Prado había solicitado la inmediata detención de este hombre, quien desde que fuera procesado años antes por abusar de dos de sus hijas, una de las cuales dio a luz a una niña con una severa discapacidad mental, jamás había estado preso.
De esa manera, en horas de la tarde noche del mismo día en que resultara condenado, este hombre fue detenido en su casa de Olavarría.
El defensor Oficial Samuel Bendersky había presentado ante la Cámara Penal de Azul, además de apelar en Casación ese fallo de primera instancia del TOC 2 (medida de la que aún el Tribunal de alzada no ha resuelto), un habeas corpus para pedir la libertad de su defendido.
Pero la Cámara no dio lugar a dicho recurso. Así como ahora, en disidencia en Casación, el Dr. Natiello se había opuesto a la liberación de este hombre por considerar que no era adecuado interponer un habeas corpus en un caso de estas características, en aquel entonces los jueces de la Cámara Penal de Azul habían respondido de la misma forma para no dar lugar a dicha medida.
Lo ahora expresado en minoría por el juez Natiello sobre lo dicho en su momento por los camaristas azuleños sirve para graficar aún más la situación: "La Cámara ha dado respuesta a un cúmulo de motivos más que suficientes para fundar su decisión. Esto es: gravedad del delito (abuso sexual agravado reiterados); y la magnitud de la pena en expectativa (los ya mencionados treinta años de prisión), razón por la cual considero que ha mensurado correctamente las pautas establecidas en el artículo 148 del Código Procesal Penal que le permiten presumir el peligro procesal de fuga".
Pero los colegas del Dr. Natiello de la Sala Primera de Casación no opinaron de igual forma, de ahí que este hombre recuperara su libertad días pasados.
De esa forma, los Drs. Sal Llargués y Piombo anularon lo dispuesto en cuanto a la situación de este abusador y ordenaron su inmediata libertad. Los argumentos son los de siempre: que el fallo no está firme, que por el momento no existen antecedentes de que el encausado se fugará teniendo en cuenta que ha sido en primera instancia condenado a treinta años de prisión y que tampoco lo hizo durante el tiempo en que estuvo procesado.
La decisión no deja de ser polémica. Y plantea una vez en la sociedad aquella pregunta de cuándo efectivamente va a prisión alguien que comete un delito tan aberrante como el que fuera materia de este juicio, debate que finalizara para el acusado con la imposición de una pena que no tenía precedentes hasta ese entonces: treinta años de prisión.
El fallo del juicio que se hizo en Azul
Como para entender un poco más, si es que se puede, toda esta situación, hay que referirse a las circunstancias que rodearon al caso, reflejadas en lo que fuera el fallo de este juicio desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul.
Había sido en su momento el juez Abudarham el primero en votar a las cuestiones planteadas en la resolución.
Con las pruebas incorporadas a la causa y los testimonios escuchados en ese debate, que se desarrolló a puertas cerradas para proteger la intimidad de las víctimas menores de edad, el funcionario judicial del TOC 2 había dado por probado que el acusado había sido autor penalmente responsable del delito abuso sexual calificado (reiterados) en concurso real de acciones.
En cuanto a esos hechos, el juez señaló que a partir del año 1998 el encausado, "mediante el empleo de amenazas de matar a la progenitora de sus hijas o hacerles mal a sus hermanos, si contaba lo que éste le hacía, comenzó a abusar sexualmente de su hija, quien por entonces contaba con ocho años de edad".
Una casa de Olavarría donde el grupo familiar vivía fue el lugar escenario de los graves abusos sexuales que este hombre cometió en perjuicio de dos de sus hijas.
Cuando una de esas menores tenía 12 años de edad, el abuso sexual al que la sometía su papá se tradujo en acceso carnal. Y las consecuencias fueron más graves para ella: quedó embarazada de su padre y tuvo una hija, en abril del año 2005.
Esa nena sufre una discapacidad total, consecuencia de la incompatibilidad sanguínea generada por una relación incestuosa entre padre e hija como la que fuera materia de este caso.
En el juicio realizado en Azul quedó probado que este hombre era el padre de esa criatura. Para eso, durante el debate se contó con la intervención de una Perito Genetista de la Asesoría Pericial de la Suprema Corte de Justicia. Esa especialista reveló que un estudio comparativo de ADN realizado al encausado, a su hija y a la nena que ésta tuvo dio como resultado que dicha menor es hija suya.
Ese estudio estimaba la probabilidad de paternidad en el "99,9999%" y un índice de paternidad del orden de los 85 millones. La especialista había explicado en el juicio que ello significaba "que resultaba 85 millones de veces más probable que el padre alegado sea el padre biológico respecto de que lo fuera cualquier otro individuo".
Pero también, en el debate quedó demostrado que este hombre había abusado de otra de sus hijas. En este caso, a partir del año 1999. Esa nena tenía -al igual que su hermana que después quedara embarazada- ocho años de edad cuando se transformó durante mucho tiempo en víctima de este tipo de sometimiento sexual.
El hombre abusaba de ella "bajo amenaza de internarla en un instituto de menores si contaba lo que ocurría", había referido el juez Abudarham en aquel fallo de primera instancia por el que fuera condenado a treinta años de prisión.
Esos abusos, según quedó probado, se prolongaron hasta enero del año 2006, cuando fue radicada en la Policía la denuncia que diera lugar a la causa por la que este hombre fuera juzgado y condenado en Azul.
La denunciante había sido la mamá de las menores y concubina del encausado, a quien descubrió en momentos que estaba abusando sexualmente de una de sus hijas.
Ese terrible cuadro de situación fue el que en su momento derivó en aquella histórica condena a treinta años de prisión para este hombre y en su inmediata detención.
Pero lo que parecía una medida ejemplar de la justicia ahora ha quedado definitivamente atrás con lo dispuesto por otros integrantes del mismo Poder Judicial: el hombre está nuevamente en libertad. Y mientras tanto, la sociedad a la que vuelve a integrarse pareciera estar más indefensa que nunca cuando se conocen decisiones de estas características.
El dato
Teniendo en cuenta la liberación de este hombre ocurrida días pasados, su ex concubina -al enterarse de la novedad- había solicitado en el Tribunal donde este abusador fue juzgado y condenado por violar a sus hijas una custodia policial, ante el lógico temor que le genera saber que su ex pareja está nuevamente en la calle.
Comentá la nota