Casación confirmó una condena a dos acusados por trata de personas en Chajarí

Casación confirmó una condena a dos acusados por trata de personas en Chajarí
Sergio Cardozo y Antonio Nonino habían sido sentenciados a cinco y tres años de prisión. Ahora el tribunal nacional rechazó un recurso de la defensa y dejó firme esas penas.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena dictada el año pasado por el Tribunal Oral Federal de Paraná contra dos acusados por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual cometido en Chajarí en 2011, se informó a UNO. El 12 de julio de 2013, el tribunal paranaense había sentenciado a Sergio Raúl Cardozo a una pena de cinco años de prisión por el delito de “trata de una persona mayor de 18 años y trata de una menor, en concurso real con el suministro gratuito de estupefacientes para el consumo, agravado por ser en perjuicio de una menor de 18 años”. En tanto, Antonio Gabriel Nonino había sido condenado a tres años de prisión condicional y una multa de 100 pesos por ser “partícipe secundario del delito de trata de persona mayor de 18 años, en concurso real con tenencia simple de estupefacientes”. Sergio Raúl “Tito” Cardozo, de 29 años, y Antonio Gabriel “Toni” Nonino, de 26, según la acusación, engañaron a dos chicas correntinas con una supuesta oferta laboral en Chajarí, pero cuando las víctimas llegaron, les contaron el verdadero plan: tener sexo con hombres, a cambio de dinero del cual recibirían un porcentaje. Les dieron drogas, alcohol y las encerraron en el cuarto de un hotel. Antes de llegar a la habitación un camionero con quien los supuestos proxenetas concertaron una cita, lograron pedir auxilio por teléfono. A los minutos llegó la Policía, detuvo a los acusados y rescató a las mujeres. Ahora, en un fallo que tiene fecha 25 de abril, la Cámara de Casación integrada por Gustavo Hornos como presidente y Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky como vocales, rechazó el recurso presentado por el defensor de Cardozo, José Ostolaza, y dejó firmes las condenas. El defensor había elevado su queja argumentando, entre otras cosas, que el Tribunal Oral había hecho una arbitraria valoración de la prueba, basándose solamente en los testimonios de las víctimas, los que –según este abogado– estuvieron “armados” e “inducidos por los profesionales de la Oficina de Rescate de las Víctimas”. El Fiscal General ante la Cámara de Casación Penal, Raúl Omar Pleé, solicitó fundadamente el rechazo del recurso de casación. Los jueces del tribunal nacional, por su parte, avalaron la valoración que se hizo del testimonio de las víctimas y lo resuelto por los magistrados de Paraná, así como los mensajes de texto intercambiados por los acusados, que confirmaron el sometimiento de las víctimas con fines de explotación sexual. “Asimismo, es dable destacar que el propósito que guiaba el accionar de Cardozo, ha quedado asimismo acreditado a partir de que quedó demostrado que Cardozo les informó a las víctimas que trabajarían para él ejerciendo la prostitución, que sería él mismo quien se encargaría se conseguirles clientes y que les otorgaría un porcentaje de lo que ganaran”, destacó el fallo de Casación. Además destacaron que el propio Nonino admitió en su declaración que las chicas habían quedado encerradas en su departamento antes de que las trasladaran a un hotel. Más adelante dieron por acreditadas las amenazas que llevaron a las víctimas a una situación de temor que derivó en el pedido de auxilio que una de ellas realizó a una amiga, quien finalmente se contactó con la Policía. Casación no solamente dio por acreditado el delito de trata de personas, sino también el de suministro gratuito de estupefacientes (cocaína y marihuana). También rechazó la pretensión del defensor de que el delito de trata les fuera endilgado sólo en grado de tentativa, ya que este delito incluye la captación y acogimiento para la posterior explotación sexual.

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