El alto tribunal redujo la pena en cuatro años. El fiscal y la Asociación Médica habían pedido perpetua. El defensor particular, que solicitó la absolución, recurrirá a la Suprema Corte de Justicia.
Casación sólo aceptó parcialmente el recurso del doctor Sebastián Martínez, defensor particular de Colman, pero rechazó los del fiscal Christian Long y de Guillermo Marcos y Mercedes Gil Donnari, abogados de la Asociación Médica, quienes pedían reclusión perpetua.
En su dictamen, el alto tribunal dispuso "casar parcialmente la sentencia de grado", anulando la agravante genérica del artículo 41 bis del Código Penal y fijar la pena de 23 años de prisión para Colman, con accesorias legales y costas, manteniendo "incólumes el resto de las declaraciones contenidas en el fallo".
El artículo 41 bis señala que cuando alguno de los delitos previstos en el Código Penal se cometa con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego, la escala penal prevista para el delito del que se trate, se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo (para el homicidio simple la escala va de 8 a 25 años de prisión), sin que ésta pueda exceder el máximo legal de la especie de pena que corresponda.
Esta agravante no será aplicable cuando la circunstancia mencionada en ella, ya se encuentre contemplada como elemento constitutivo o calificante del delito de que se trate.
Casación consideró que el plexo probatorio que proveyó la acusación, ha sido administrado con precisión y sobriedad por el Tribunal Criminal Nº 1, para concluir en que el imputado, y no otra persona, ha sido el autor del homicidio, y que no median ni el absurdo ni la arbitrariedad que se argumentó en el recurso de apelación del defensor.
Anoche, el doctor Martínez aseguró que mañana cumplirá con la respectiva reserva, puesto que interpondrá un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia
Por el tiempo
Los recursos de apelación habían sido presentados ante Casación a fines de 2008, por Long, el imputado, por medio de su abogado particular, y la Asociación Médica de Bahía Blanca (AMBB), entidad que lideró Glasman entre 1984 y 2002.
El tribunal de alzada evaluó todo el procedimiento, desde el punto de vista estrictamente jurídico, por el cual, el 20 de octubre de 2008, el Tribunal Criminal Nº 1 (integrado por Enrique José Montironi, Mario Lindor Burgos y José Luis Ares), condenó a Colman por homicidio simple en perjuicio del ex secretario general de la AMBB.
El de Casación es un recurso extraordinario por el cual se procura anular una sentencia judicial por incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento sin cumplir estrictamente con las pautas legales. Casación deriva del francés casser, que significa anular, romper o quebrantar.
Glasman fue ultimado de dos balazos, la lluviosa noche del 28 de agosto de 2002, en Saavedra y Villarino. El fiscal Long consideró que el hecho debió calificarse como homicidio por precio o promesa remuneratoria.
La AMBB también solicitó el agravamiento de la calificación y, en consecuencia, la pena de prisión perpetua para Colman por homicidio agravado por alevosía.
Alevosía implica que el victimario deja a su víctima inerme.
El abogado de Colman solicitó la nulidad de la sentencia por falta de fundamentación y motivación, y la absolución de Colman, por entender que no hay una sola prueba concreta que sostenga la culpabilidad de su defendido. Además, consideró que no se explicó cuál fue el razonamiento que el Tribunal Nº 1 siguió, a los fines de arribar a su conclusión.
Encubrimiento y administración fraudulenta: siguen los análisis
"Seguimos evaluando punto por punto", indicó ayer el titular de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 18, el doctor Rubén Oscar Alvarez, respecto de las pericias informáticas y contables dispuestas en las investigaciones penales preparatorias por el encubrimiento del homicidio de Felipe Glasman y por administración fraudulenta en perjuicio de la Asociación Médica Bahía Blanca.
El jueves 29 de abril, en un procedimiento que supervisó el fiscal, se procuró distinta documentación de las oficinas que la gremial médica tiene en Castelli 213.
Es muy posible que en los próximos días se requiera la ampliación y aclaración de varios puntos de las pericias. Finalmente, deberán contrastarse las imputaciones, las que podrán ratificarse, modificarse o invalidarse.
Los expedientes derivados del asesinato del titular de la AMBB estuvieron en las manos del fiscal Chistian Long hasta febrero de este año.
En las investigaciones penales preparatorias 10.198/09, por encubrimiento, y su acumulada, la 136.052/07, por administración fraudulenta en perjuicio de la AMBB, Long había reclamado las detenciones de los imputados, a quienes terminó de indagar a fines del año pasado.
Por el encubrimiento están acusados Fernando Carignano (secretario general de la AMBB y presidente del consejo de la Fundación Médica de Bahía Blanca, Fumeba) y al asesor de Prensa de la AMBB, Osvaldo Jorge Palacios.
Carignano, Oscar Arias (secretario de Hacienda de la AMBB y tesorero de la Fumeba), Carlos Vecchi (secretario adjunto de la AMBB y vicepresidente de la Fumeba), Ana María Battaglia (gerente administrativa de la AMBB) y Graciela Bianchini (auditora externa de la AMBB) son los sospechados de administración fraudulenta.
A mediados de julio, Long reclamó las detenciones, el embargo preventivo y la inhibición general de todos los imputados hasta cubrir la suma de 5 millones de pesos, para responder por los gastos, costas, multas, decomisos e indemnizaciones del juicio; y de 60.000 pesos sólo respecto de Palacios.
El 30 de julio, todos los nombrados fueron eximidos de prisión bajo la caución personal de sus defensores particulares, establecidas en 20 mil pesos para cada uno.

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