Capital deberá concursar sus cargos

Capital deberá concursar sus cargos

La Suprema Corte falló a favor del reclamo de los trabajadores para que se llamen a concurso designaciones y ascensos, que exista un nomenclador para las distintas categorías y que se integre una Junta de Selección, con la participación del Ejecutivo y del Sindicato.

La Suprema Corte de Justicia condenó a la Municipalidad de la Capital -según se desprende de la sentencia que fue comunicada el 2 de setiembre pero que ahora toma estado público- a que incorpore en el próximo presupuesto comunal el “nomenclador de funciones” de los empleados municipales y la Junta de Selección.

En otras palabras, lo que la comuna que hoy conduce Rodolfo Suárez deberá habilitar, son los concursos y la categorización de los empleados públicos que allí trabajan, de acuerdo con lo que ordena el Estatuto de estos trabajadores, la Ley 5.892.

La sentencia de marras está firmada por los miembros de la Sala I de la Corte: Alejandro Pérez Hualde y Omar Palermo (con la excepción de Jorge Nanclares, por estar de licencia), y hace lugar a la demanda interpuesta por el Sindicato de Obreros y Empleados de ese municipio (SOEM), que “desde hace más de dos años”, según se informó, buscaba que se concretara “la selección de personal por concursos, el dictado del nomenclador de funciones y la puesta en funcionamiento de la Junta de Selección”, tal como lo prevén los artículos 6 y 19 a 23 de esa ley.

El hecho, si bien es puntual para la ciudad de Mendoza, es considerado por algunos como bisagra, dado que puede generar una catarata de pedidos similares en otros departamentos e incluso en el Estado provincial, donde no son pocos los reclamos gremiales para concursar los accesos a la Administración Pública.

Fin al clientelismo

Una de las críticas recurrentes que se les hace a quienes tienen la oportunidad de gobernar un municipio, es el uso de esa posición para definir cargos y tareas, algo que se conoce como “clientelismo político”.

Para los integrantes del SOEM esta decisión de los jueces, “terminará con el clientelismo” y ponderará la capacidad de los trabajadores, cualquiera sea el área en que se desempeñe.

Así lo indicó el secretario general de ese gremio, Dugar Chappel, hoy concejal, integrante del bloque radical disidente “Santiago Felipe Llaver”.

Chappel tomó trascendencia hace un par de años atrás cuando encabezó fuertes choques del gremio con el entonces intendente, Víctor Fayad, por reclamos paritarios.

Si bien este tema en particular no fue el que generó aquellos encontronazos, sí provocó que Chappel encabezara la demanda contra el Municipio en aquel tiempo. “Esta sentencia marca un antes y un después en la historia del empleado municipal”, dijo el edil.

Según su visión, esta decisión “despoja de la mano del intendente” la discrecionalidad y “evita que el mérito para ascender sean los votos conseguidos en la interna”.

Es que lo que el Estatuto indica es no sólo que exista un nomenclador y la Junta de Selección para que se concursen los cargos y se definan las categorías y los ascensos, sino que también sean los mismos trabajadores los que formen parte de las decisiones, a través del Sindicato o con algún representante no sindicalizado. 

Un cambio de actitud

Desde la Municipalidad aceptaron la decisión de los jueces, aunque advirtieron que “se cumple con el nomenclador”, tal como explicó la secretaria de Hacienda, Sandra Tennerini. “Capital tiene nomenclador y define el perfil de los cargos”, explicó la funcionaria recientemente ratificada por Suárez, quien se hizo cargo de la Intendencia luego del fallecimiento de Fayad, el pasado 7 de agosto.

En contraposición, Chappel destacó que “lo que existe es un manual de funciones”, criticando la inexistencia del nomenclador “con las características que impone la ley”. De todos modos Tennerini confirmó que se adaptarán a la disposición judicial. “Le daremos participación al sindicato e incorporaremos el nomenclador al Presupuesto”, dijo.

Además, confirmó que “se conformará la Junta de Selección”, comprometiendo así a la gestión, a cumplir con el llamado a concurso para los empleados, pero también mostrando un cambio de actitud de Suárez frente a la situación, ya que su antecesor Fayad nunca aceptó el reclamo gremial.

“Rodolfo se está diferenciando” reconoció Tennerini del nuevo jefe comunal.

 

Se podría extender a otras comunas y a la Provincia

La ley 5.892 fue promulgada en 1992, por el gobierno de Rodolfo Gabrielli, aunque en realidad prácticamente no rige. “Pasaron 22 años y recién ahora se podrá aplicar” destacó Chappel.

Efectivamente, en la mayoría de los municipios la normativa no se usa. “Sólo en Maipú y Godoy Cruz hay algunos puntos que se cumplen”, informó el interventor de la Federación de Sindicatos Municipales, Raúl Rivas.

El secretario de Gobierno godoicruceño, Humberto Mingorance lo confirmó. “El nomenclador funciona a pleno desde hace dos años”, destacó, y reconoció que no hay concursos de ingreso pero “porque no ha entrado nadie nuevo” a la comuna.

Con la decisión judicial, muchos creen que la aplicación de la normativa se extenderá. “Replicará en otros municipios”, señaló Chappel. “Seguramente se expandirá”, coincidió Tennerini.

Incluso, hay quienes creen que podría llegar a toda la provincia. “Es favorable para que se avance en la Administración Pública”, dijo desde ATE el secretario gremial, Carlos Simón.

En tanto, el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, Mauricio Guzmán, señaló que “está en el ánimo de la gestión” de Francisco Pérez hacer los llamados a concurso, aunque entienden que hay dificultades económicas para ello. “De todos modos se está avanzando en un par de ministerios”, informó Guzmán.

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