Canon de columnas: otra resolución de APE pero sigue la polémica con Fepamco

Canon de columnas: otra resolución de APE pero sigue la polémica con Fepamco
La nueva resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia le da la potestad del cobro del canon por el uso de las columnas directamente a la Administración Provincial de Energía (APE). Pero sigue beneficiando a otros usuarios por lo que Fepamco anticipó que presentará otro recurso.

Antes lo percibían directamente las cooperativas pero, según dijo el ministro Jorge Varela a El Diario, se había “desvirtuado la idea de la resolución previa”.

El dato se desprende de lo publicado en el último Boletín Oficial, dado a conocer el viernes. El Diario había anticipado que de esa forma la Provincia insistía con el cobro de un canon por la utilización de las columnas, afectando incluso a las cooperativas propietarias de esa estructura pese a lo que éstas habían reclamado en su momento. Pero allí se plantea otra diferencia de criterios, que en rigor no es nueva: el Gobierno considera que las columnas son propiedad del Estado Provincial.

“Es una resolución nueva del Ministerio, que tiene vigencia desde su publicación en el Boletín”, dijo Varela ante una consulta de este diario. El reclamo de las cooperativas había sido rechazado por la APE, y aunque aún queda una instancia jerárquica donde es el Ministerio quien debe resolver, esta nueva normativa dejaría sin efecto todo ese proceso. Varela señaló que se tuvo en cuenta ese reclamo y lo resuelto por APE.

La idea original del cobro del canon surgió de la APE cuando ese organismo estaba comandado por Carlos Llinás. Cuando se difundió ese intento oficialista de equiparar a las cooperativas con las empresas que tienen fines de lucro, las primeras plantearon un recurso rechazando la iniciativa, a la que calificaron de “casi ridícula”. Pero la APE no sólo la confirmó, sino que ahora lo hizo el mismo Ministerio.

El presidente de la Federación Pampeana de Cooperativas, Abel Argüello, anticipó que la FEPAMCO presentará un recurso jerárquico. Afirmó que “los argumentos para desestimar nuestros recursos son un tanto genéricos, no responden lo que planteamos", en referencia a la resolución de la Administración Provincial de Energía que rechazó las observaciones de las cooperativas respecto de una reglamentación para el uso de las columnas de energía que favorece a usuarios como Multicanal. "Vamos a pedir ante el Ministerio (de Obras Públicas) porque estamos convencidos de que tenemos la razón", anticipó.

"Lo que hace esta resolución es confirmar la resolución originaria de APE, que nosotros impugnamos a través de un recurso de reconsideración", explicó ayer el titular de la Fepamco al ser consultado por el texto publicado en la edición de ayer del Boletín Oficial de la provincia. "Lo que se ha hecho -abundó- es resolver los recursos de reconsideración que habíamos planteado las cooperativas contra la resolución original". Esta segunda resolución de APE fue en contra de esos recursos, con lo cual en esta instancia quedó confirmada la redacción original de esta "reglamentación para el uso de redes" en servicios adicionales como el de televisión por cable.

Rechazados los pedidos de reconsideración, el paso siguiente es un "recurso jerárquico" para que sea el Ministerio de Obras Públicos -organismo de alzada de la Administración Provincial de Energía- el que vuelva a analizar el tema a la luz de las quejas cooperativas y se expida a favor o en contra de ellas. "Nosotros confiamos en que el Ministerio haga estos cambios que pedimos, que se haga lugar a las observaciones de las cooperativas, que son lógicas y razonables", destacó Argüello.

El reclamo de las cooperativas pampeanas es que se modifique el texto de la resolución para evitar que si hay dos empresas utilizando esas columnas para un servicio adicional, el canon de la segunda empresa se reduzca a la mitad. Esto favorece a empresas como Multicanal -prestadora del servicio de televisión por cable en muchas poblaciones pampeanas-, que debería pagar sólo la mitad del valor estipulado para ese servicio. "Creemos que eso no es correcto. Muchas cooperativas lo plantearon y estos recursos administrativos reflejan la opinión generalizada de las entidades", subrayó el presidente de la Federación.

La nueva resolución

“Se tuvo en cuenta la presentación que hacen las cooperativas y se analiza a partir de la disposición de la APE. Se hace un nuevo estudio de la resolución que regula la utilización de las columnas, y en función de que la prioridad es que los prestadores puedan utilizar las columnas propiedad del Estado Provincial, es que tiene que ser a beneficio de los usuarios del servicio de energía eléctrica. Por eso los cánones que paguen los prestadores sin domicilio en la provincia van a ser distribuidos con la anuencia de FEPAMCO a los servicios de energía”, detalló Varela. Y remarcó que el canon “lo pagan a la APE y después se redistribuye”.

Dos tipos

En resolución están establecidos dos tipos de canon. Uno de ellos, por la utilización de las estructuras de redes; el otro, por el mantenimiento. En el primer caso, se exceptúa de ese pago a quienes tengan “domicilio legal en la provincia”, lo cual beneficiaría a las cooperativas ante una empresa foránea (por ejemplo, Cablevisión) aunque las deja en igualdad de condiciones con cualquier firma privada provincial. El canon de mantenimiento, en cambio, lo pagan todos.

¿Qué dice textualmente la resolución? Lo siguiente:

a) Por la utilización de las estructuras de redes: $72,70 (pesos setenta y dos con setenta centavos) por cada 100 metros, por año. El canon será abonado por cada uno de los prestadores de servicios adicionales que hagan uso de la estructura de redes.

Los fondos recaudados tendrán destino específico a subsidiar, con criterio redistributivo, a las cooperativas de usuarios que sean concesionarias del servicio eléctrico.

Previa consulta con la FEPAMCO, de manera anual, el Poder Ejecutivo determinará el destino de los subsidios.

Quedarán exceptuadas del pago del canon previsto en el presente apartado aquellas prestadoras de servicios adicionales domiciliadas legalmente en la provincia.

b) Por mayor gasto de mantenimiento: $37,15 (pesos treinta y siete con quince centavos) por cada 100 metros, por año.

El canon será abonado por cada uno de los prestadores de servicios adicionales que hagan uso de la estructura de redes.

Este canon será ingresado a la cuenta Nº 1.095/7 -Rentas Generales Provincia de La Pampa- con destino específico, y será girado dentro de los 45 días corridos de recibidos los fondos a las cooperativas de usuarios que realicen el mantenimiento.

La resolución aclara que se define como “Servicio Adicional” a “todo aquel servicio que pueda presentarse por medio de la utilización del tendido de un cable adicional con destino distinto al servicio eléctrico, que es soportado por una estructura de red que se utilice en la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica”. Varela señaló que “la idea es que las columnas puedan ser utilizadas por empresas que presten servicios adicionales, pero que el soporte no genere un costo adicional a los usuarios de la provincia”.

Conflicto

El conflicto había comenzado a partir de un reclamo de la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa que pedía que la empresa Cablevisión se hiciera cargo del total del pago del canon por la utilización de las columnas. Es que, según la resolución de APE, al compartir el uso entre Cablevisión y CPE los gastos se dividían por la mitad. Y aunque la CPE quedaba exceptuada, la firma del Grupo Clarín seguía abonando sólo el 50%.

En su momento la CPE advirtió sobre los verdaderos intereses de “incluir la participación de la propia entidad en la división del costo aunque luego sea eximida del pago”. “En los hechos -afirmó- las cooperativas que ofrezcan un servicio adicional al eléctrico deberían abonar el canon aunque, momentáneamente, queden exentas del pago final. Nadie desconoce que la APE puede quitar la exención y obligar a que las cooperativas finalmente se paguen a sí mismas el canon”.

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