Cano consulta al tribunal de cuentas sobre legalidad de descubiertos bancarios

Cano consulta al tribunal de cuentas sobre legalidad de descubiertos bancarios

El edil de Agrupación Atlántica José Cano, elevó al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, una nota a los fines de efectuar una consulta sobre la legalidad de los recurrentes descubiertos bancarios, a los cuales ha apelado el Departamento Ejecutivo en los últimos tres meses, para abonar los sueldos del personal municipal

 

En la presentación, el edil constata que “con fecha 7 de Noviembre de 2014, al momento de efectuar el débito del líquido de sueldos de la Administración Central, el Municipio quedó en descubierto bancario por $ 15.317.437,25, manteniéndose el descubierto hasta el 10 de Noviembre de 2014 inclusive”.

Asimismo deja constancia que “con fecha 4 de Diciembre de 2014, al momento del débito del líquido de sueldos de la Administración Central, el Municipio quedó en descubierto bancario por $ 26.836.626,19 y habría un acuerdo para girar en descubierto por $ 29.000.000 desde el 4/12/2014 hasta el 10/12/2014”.

Constatando, también que “con fecha 8 de Enero de 2015, al momento del débito del líquido de sueldos de la Administración Central, el Municipio quedó en descubierto bancario por $ 12.050.805,44 y habría un acuerdo para girar en descubierto por $ 19.000.000”.

“Tratándose de un permiso para girar en descubierto, lo que implica un préstamo por parte del banco por un determinado periodo, y consecuentemente un endeudamiento para el Municipio, por el mismo periodo, mi consulta es: ¿Considerando que estamos hablando de un contrato de préstamo, debería el mismo ser encuadrado en los términos de los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica de las Municipalidades?”, planteó el edil al organismo provincial de contralor.

Cabe aclarar que los artículos de la LOM, a los cuales hace mención el concejal Cano, se refieren a la contratación de empréstitos, y prevén que deben ser autorizados por Ordenanza sancionada por los Concejos Deliberantes, previo dictamen de la comisión interna competente, sobre la posibilidad del gasto.

Comentá la nota