Los cambios a la hora de alquilar tras la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial

Los cambios a la hora de alquilar tras la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial

El martillero Diego Del Valle explicó cuáles son los cambios salientes en los alquileres tras la puesta en vigencia del nuevo Código y como se adapta al mercado marplatense.

La entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial que comenzó a regir el pasado 1° de agosto introdujo cambios en la relación entre inquilinos y propietarios.

Al respecto Loquepasa.net consultó al martillero Diego Del Valle quien explicó los puntos salientes a tener en cuenta.

“Todo contrato a partir del 1º de agosto algunos sufre algunos cambios importantes. Por un lado se establece la igualdad en los casos de locación mínimos obligatorios, es decir el contrato con destino de vivienda como el contrato con destino comercial se pueden hacer por un plazo mínimo de dos años. Antes el contrato comercial de un local era de tres años”, comenzó explicando.

Del Valle también aclaró que “el otro detalle es que existe el derecho a rescindir que tiene el inquilino. La metodología es la misma, la indemnización es igual, pero el nuevo Código no habla de preaviso. Es importante que todos lo sepan porque hoy cualquier inquilino puede dejar la propiedad de un día para el otro porque no se habla de preaviso. Por ello en Mar del Plata se está estipulando entre las parte un plazo normal que pasa por unos 30 días”.

Finalmente consultado si el nuevo Código afecta al propietario de viviendas en alquiler, Del Valle señaló que “para el propietario sigue siendo igual la situación, no lo afecta en demasía. El Código sigue regulando de igual manera para este sector”, concluyó.

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