Buscan que Municipios puedan usar terrenos baldíos para el Procrear

Buscan que Municipios puedan usar terrenos baldíos para el Procrear
A través de un proyecto que ingresó a la Cámara de Diputado se busca que los inmuebles urbanos y rurales que se encuentren en estado de abandono sean incorporados al patrimonio de los municipios bonaerenses para ser utilizados en viviendas sociales o el Programa Procrear.
La iniciativa, del diputado del Frente para la Victoria (FPV), Mario Caputo, incorpora en el Código la Acción Declarativa de Vacancia, para que los municipios puedan realmente saber si los inmuebles están abandonados en los términos que establece el Código Civil.

El legislador recordó que los inmuebles para considerarse abandonados "requieren de una voluntad manifiesta de su propietario" y aclaró que en la mayor parte de los casos "esa intención no se concreta por lo que existen miles de terrenos y casas abandonadas que deberían ser propiedad de los municipios".

"Esta acción declarativa da certeza a esa situación. Si el municipio detecta que un inmueble está improductivo desde hace más de cinco años y sin poseedores, tiene la posibilidad de intimar al propietario para que exprese su voluntad de abandonarlo o no", graficó. Además precisó que si el propietario "se presenta y manifiesta su voluntad de poseer el inmueble, la acción se extingue y quedará sujeto a las disposiciones de la Ley de Acceso Justo al Hábitat y de Uso de Suelo", aunque aclaró que en caso de no acudir a la intimación judicial "el bien quedará vacante y por lo tanto podrá pasar al dominio del estado municipal".

Caputo aclaró que la acción "otorgará también certidumbre jurídica sobre aquellos inmuebles abandonados que a veces resultan imperceptibles para el ciudadano común pero no para los que ven el abandono como un nicho de especulación para intereses personales o para estafar con una venta generalmente a los sectores más humildes de la sociedad".

El proyecto presentado por Caputo establece que las municipalidades podrán interponer acción declarativa de vacancia, que tramitará bajo las reglas del proceso sumario, con el fin de hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la situación de abandono o vacancia de bienes inmuebles que se encuentren en sus jurisdicciones. Prevé que con la demanda se deberá acompañar informe del Registro de la Propiedad Inmueble por el cual se verifiquen las condiciones de dominio y titularidad y una verificación del estado del inmueble en la que se constate que como mínimo durante cinco años o más, se encuentra sin ocupación alguna.

De la demanda se dará traslado al titular registral del inmueble y cuando se ignore su domicilio se lo citará por edictos por diez días previniéndosele que en caso de incomparecencia se dará intervención al Defensor Oficial a efectos de declarar el abandono. La iniciativa habilita además a que durante la sustanciación del proceso y a efectos de garantizar su normal desarrollo, el municipio podrá solicitar cautelarmente la tenencia precaria del bien, debiendo afectarlo a una finalidad social.

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