Buscan implementar un seguro para los vehículos extranjeros que ingresen a la provincia

El proyecto busca establecer un seguro obligatorio para vehículos extranjeros en tránsito, similar al que comenzaría a aplicar Chile en poco tiempo y que fuera suspendido. Lo confirmó el legislador de la UCR, Juan “Pipo” Rodríguez. Adelantó que “la intención no es hacerle mal a nadie sino que buscamos igualdad para los que transitan en el vecino país como aquellos que transitan en nuestra Provincia”.

El Legislador de la UCR fueguina, Juan “Pipo” Rodríguez, confirmó que desde el bloque radical se presentará en el parlamento un proyecto de ley que busca implementar un “seguro obligatorio para vehículos nacionales y extranjeros en tránsito por la Provincia”, de similares características al que exige el vecino país a los fueguinos en tránsito.

El proyecto, que lleva la firma de los legisladores Juan Felipe Rodríguez, Pablo Blanco y Liliana Martínez Allende, busca la modificación del Artículo N°68, de la Ley Provincial N°726, el cual establecerá “un seguro obligatorio para automotores nacionales y extranjeros”, asegurando que “todo automotor, tractor, acoplado o semiacoplado de matriculación nacional o extranjera, debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad nacional en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no”.

La nueva exigencia, incluye, como no lo hacía anteriormente a los vehículos extranjeros en tránsito, a la vez que la iniciativa establece que “resultará obligatorio el seguro para las motocicletas, cuatriciclomotor y triciclomotor en las mismas condiciones que rige para los automotores”.

No obstante en el articulado se aclara que “la póliza a la que refiere este artículo deberá contratarse exclusivamente con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo por la Superintendencia de Seguros de la Nación o la autoridad que en lo sucesivo la reemplace, de conformidad a la Ley nacional N° 20.091, con excepción de aquellos vehículos matriculados en el extranjero que se encuentren en tránsito dentro del territorio de la provincia y acrediten la cobertura con un comprobante internacional, cuando así resulte de una convención internacional ratificada por la República Argentina”.

“En todo caso, la aseguradora debe otorgar al asegurado el comprobante de seguro en vigencia de inmediato a la contratación, el que será suficiente para la circulación sin necesidad de portar el recibo de pago. Previamente se exigirá el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo” destaca el proyecto.

Asimismo se establece que “este seguro obligatorio será anual, con excepción de aquellos vehículos matriculados en el extranjero, los cuales podrán contar con cobertura por el tiempo en que permanezcan en el territorio de la provincia, de conformidad a la declaración que se realice ante la respectiva autoridad al ingresar al territorio nacional”.

En referencia a los gastos en sanatorios o velatorios de terceros, queda claro que “serán abonados de inmediato por el asegurador, sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer luego. El acreedor por tales servicios puede subrogarse en el crédito del tercero o sus derechohabientes” aclarando que “carece de validez la renuncia a un reclamo posterior, hecha con motivo de este pago”.

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