Será el próximo sábado 7 de mayo a las 15 en el Centro Cívico donde se pedirá la despenalización del cultivo, tenencia y consumo simple de marihuana.
Desde hace cuatro años, la marcha se realiza de manera autónoma en distintas ciudades de Argentina y es coordinada por la revista THC. Los organizadores locales expresaron que la convocatoria es "Por una ley de drogas más justa, por el respeto a las libertades individuales de las personas y el cese de las detenciones por 'tenencia simple', contra la discriminación y los maltratos a usuarios, por una política de reducción de daños".
Señalaron que "más de 80 jueces de todo el país y la corte suprema de justicia declararon inconstitucional la vigente ley 23.737" y que "el 70% de causas por tenencia de drogas corresponden a 'tenencia simple' lo que se traduce en diez mil causas por año" y agregaron que "cada causa le cuesta al estado cinco mil pesos y quince mil por mes de detención".
La invitación a participar e informarse, incluye la consigna de "llevar algo de color verde y colaborar con un alimento no perecedero".
El INADI a través de la Recomendación General Nº 3 del año 2008 apoya la despenalización del consumo personal de estupefacientes y promueve la modificación de la ley 23.737 que la regula. El documento plantea que "observamos que los/as consumidores/as de estupefacientes son discriminados/as a través del régimen prohibicionista actual, que obstruye el efectivo ejercicio de sus derechos a la igualdad, a la intimidad, a la salud y al trabajo, en abierta contradicción con la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos".
En la referida Recomendación el Instituto solicita:
"I. Al Honorable Congreso de la Nación:
(i) Que sancione una ley que despenalice la tenencia de estupefacientes para consumo personal por su manifiesta inconstitucionalidad, al violentarse mediante tal criminalización el principio de NO discriminación, el derecho a la igualdad, el derecho a la intimidad, el derecho a la salud y el derecho al trabajo.
(ii) Que mediando un criterio de razonabilidad, se instrumenten acciones afirmativas con relación a los grupos vulnerados y hasta ahora criminalizados por el consumo de estupefacientes, en relación principalmente al acceso al trabajo y a los sistemas de salud.
(iii)Que estudie las consecuencias de otras normas señaladas en la presente recomendación, mediante las comisiones legislativas correspondientes, y se roceda a la reforma de las mismas.
II. Al Poder Judicial, que mediante el control difuso de constitucionalidad de las normas, las instancias inferiores, de alzada, y Corte Suprema de Justicia de la Nación, declaren la inconstitucionalidad del art. 14 de la ley 23.737, de concordar con los motivos expuestos en la presente y mientras dicha norma continúe en vigencia.
III. Al Ministerio de Salud de la Nación y a los Ministerios y/o Secretarías de Salud de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que arbitren los medios a fin de estudiar la posible implementación de una política de “reducción de los daños” causados por el consumo de drogas prohibidas, como así también la debida asistencia, atención y acercamiento de los/as consumidores/as a los sistemas de salud (Medicinas Prepagas, Obras Sociales y Salud Pública).
IV. A los órganos públicos encargados de hacer cumplir la ley, entre otros al Ministerio Público Fiscal, fuerzas de seguridad y al Poder Judicial de la Nación, que arbitren todos los medios a su alcance a fin de perseguir los delitos de narcotráfico y distribución ilícita de estupefacientes con todo el énfasis y esfuerzo que tal persecución demanda, y castigar a los/as sujetos activos de tales delitos con todo el peso de la ley".
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