Lo hizo el procurador fiscal ante la Corte en la causa que se sigue contra el empresario y otros imputados por delitos que habrían cometido como socios del Banco República para provocar la quiebra del Banco de Mendoza.
Moneta y otros siete hombres están acusados de funcionar dentro del Banco República, desde donde provocaron la quiebra del Banco de Mendoza y haber obtenido de manera fraudulenta grandes beneficios económicos por parte de Banco Central, estimados en un monto de 140 millones de pesos.
En primera instancia, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Canicoba Corral, dictó el sobreseimiento para el empresario considerando que las conductas no eran suficientes para conformar un delito.
Sin embargo, el procurador fiscal Eduardo Casal dictaminó ante la Corte Suprema que los hechos habían ocurrido de forma evidente, por lo que consideraba arbitrario el fallo de la cámara.
Casal destacó que los imputados habían mentido al Banco Central en dos declaraciones juradas revalidadas por escribano público, maniobra que implicaba un nivel de sofisticación superior al de una simple mentira.
Para el magistrado de la Procuración, no resultó posible negar la comisión del delito de estafa con base en la hipótesis según la cual si los imputados no hubieran ocultado la verdad, el BCRA habría solicitado requisitos adicionales.
El fallo revocado
El camarista Canicoba Corral había probado que los integrantes del Banco República habían incurrido en mentiras, en busca de ocultar la relación con el CEI Citicorp Holding y con el Federal Bank, un paraíso fiscal ubicado en las Bahamas.
Sin embargo, el magistrado federal estimó que las conductas comprobadas no habían sido suficientes para conformar un delito.
Incluso consideró que la constitución de estas asociaciones ilícitas no era una maniobra engañosa por parte de Moneta y los demás acusados, sino que era una negligencia del BCRA.
Las consideraciones del procurador
Eduardo Casal, contrariando al fallo inicial, estipuló que no se puede negar la comisión del delito de estafa.
En consonancia con esta premisa, aseguró que si los imputados no hubieran ocultado la verdad, el BCRA habría solicitado requisitos adicionales que habrían sido satisfechos.
También señaló que la Cámara de Casación no evaluó si una de las condiciones adicionales para que el BCRA otorgara la condonación habría sido la presentación de un balance consolidado, que disipara de una vez las dudas sobre la verdadera integración del grupo, lo cual no habría podido ser satisfecha por el Banco República.
Esto se debía a que la entidad, pese a las pruebas colectadas, jamás reconoció como suya a la sociedad off shore.

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