15% de aumento para trabajadores municipales de General Pinto

La Ordenanza que establece el incremento salarial lleva el número 3910, y fue promulgada por el Decreto N° 395, de fecha 23 de diciembre de 2011, que lleva la firma del Intendente Municipal del Partido de General Pinto, Profesor Alexis Raúl Guerrera.
Anticipándose a las pautas de actualización salarial que surgirán en las reuniones de las comisiones paritarias para modificar los convenios colectivos de trabajo de los diferentes gremios en el próximo mes de marzo, Alexis Raúl Guerrera, elevó para su tratamiento por el Honorable Concejo Deliberante el proyecto de Ordenanza fijando un incremento salarial sobre el salario de los trabajadores municipales del Partido de General Pinto a partir del 1º de enero de 2012 del orden del 15 %, al igual que lo ocurrido el pasado mes de julio, obteniendo la aprobación del cuerpo deliberativo comunal.

Consecuente con la política salarial implementada desde el inicio de su gestión gubernamental, el Intendente Guerrera basó la argumentación que impulsó el proyecto en la necesidad de establecer un incremento de carácter económico en los sueldos básicos de la planta de personal a efectos de sostener la paulatina y firme recuperación del poder adquisitivo del salario de los municipales puesta en vigencia durante su administración.

La medida sostiene en sus considerandos que "...un incremento el 15 % en las remuneraciones básicas del personal municipal repercute consecuentemente sobre las bonificaciones de carácter adicional con que cuenta cada agente, que se encuentran plenamente vigentes, tales como el porcentaje correspondiente a la antigüedad en su puesto, sobre el sueldo anual complementario, titulo, actividad exclusiva, dedicación exclusiva, y toda otra percepción cuyo cómputo derive del aumento del sueldo básico en todas categorías".

La medida contempla también su efecto de beneficio directo sobre los haberes de los trabajadores pasivos al considerar que "...el beneficio que se procura establecer por medio de la presente aparece direccionado no solo al trabajador obrero o administrativo actualmente activo, sino que asimismo se procura el mejoramiento de quienes en su oportunidad fueran empleados municipales y hayan accedido por los diferentes requisitos legales al beneficio previsional correspondiente a su categoría, ya que, en este último caso, el haber jubilatorio hoy día percibido se encontraría de esta manera contemplado por el aumento de referencia".

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