LA ATER PUSO EN MARCHA UN NUEVO SISTEMA PARA PAGAR IMPUESTOS

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) puso en vigencia un nuevo sistema para la presentación de las declaraciones juradas a través de internet, y el pago de las mismas vía on line
Se trata del Sistema Aplicativo para Agentes de Entre Ríos (Siager), que se puso en vigencia el 11 de marzo, y cuya utilización es, en una primera etapa, obligatoria para los Agentes de Retención y Percepción de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y al Ejercicio de Profesiones Liberales, que se hallen inscriptos como tales en la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Luego se extenderá a los contribuyentes directos de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, al ejercicio de Profesiones Liberales y Ley Nº 4.035.

Por ahora, los Agentes de Percepción deberán confeccionar sus Declaraciones Juradas a través del Siager a partir del periodo Febrero/13, mientras que los Agentes de Retención deberán hacerlo a partir del periodo Marzo/13. La presentación de las mismas la tendrán que efectuar a través de la página Web de AFIP www.afip.gob.ar, a la que deberán ingresar con clave fiscal.

El nuevo sistema se dispuso por resolución Nº 66 de la ATER, que tiene fecha del 8 de marzo y fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Su objetivo es optimizar la base de información de la Administradora y además otorgar mayor celeridad al proceso de captura de datos de retenciones y percepciones.

• Excepciones

Quedan exceptuados de las nuevas disposiciones los Agentes de Percepción del “Sector Faena” respecto de los periodos Febrero y Marzo de 2013, cuyos vencimientos operan los días 10 de Abril y 10 de Mayo del corriente, respectivamente. Dichas Declaraciones se confeccionarán a través del Sistema de Obligaciones Tributarias Declarativas (OTD) y se presentarán en el Nuevo Banco de Entre Ríos SA. Recién a partir del periodo Abril/2013, los mencionados agentes deberán utilizar en forma obligatoria el Aplicativo SIAGER.

También se exceptúa a los Agentes de Retención y Percepción del Impuesto de Sellos, quienes continuarán confeccionando sus Declaraciones Juradas bajo el Sistema de Obligaciones Tributarias Declarativas (OTD).

Por último, la ATER dispuso que a partir del período Junio/2013, la fecha de vencimiento para la presentación de Declaraciones Juradas e ingreso de las Percepciones, operará los días 10 del mes siguiente al de practicada la percepción.

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