ATER: Impuesto a la transmisión gratuita de bienes

ATER: Impuesto a la transmisión gratuita de bienes
La Administración Tributaria de Entre Ríos (ATER) informó sobre la puesta en vigencia de la ley 10.197, durante una jornada.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), realizó una jornada informativa en función de la puesta en vigencia de la Ley 10.197 que incorpora el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.

Participaron, junto a los directores del organismo, los responsables de las representaciones territoriales del organismo a quienes se brindó información sobre la aplicación del tributo que entró en vigencia a partir del 8 de febrero.

Luego de una introducción sobre la marcha del organismo y la evaluación sobre los resultados en el primer año de gestión y de los objetivos para el período presente, el director ejecutivo de ATER, Marcelo Casaretto, impuso a los presentes sobre la naturaleza del tributo incorporado, su razón y su aplicación a lo largo de la historia, tanto a nivel mundial como en lo nacional.

En relación a la labor de la administradora el director comentó las resoluciones 42 y 43 que reglamentan la aplicación del nuevo tributo.

La ley establece que son contribuyentes: a) las personas que se encuentran domiciliadas en la provincia; b) personas que encontrándose fuera de la provincia, el enriquecimiento patrimonial provenga de una transmisión gratuita de bienes existentes en el territorio de la provincia; asimismo se debe registrar el hecho imponible, sea por la muerte del causante para herencias o legados o, en el caso de donaciones por su fecha de aceptación.

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