Abogados de Derechos Humanos de la Nación y Paraná solicitaron que se deje sin efecto la suspensión del proceso penal en el caso del general Ramón Díaz Bessone. La Justicia Federal frenó la causa al considerar incapacidad mental.
El escrito fue presentado el jueves 20 de diciembre ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. En dicho memorial los querellantes expresaron: “La prueba pericial producida en los otros procesos judiciales que el a quo ha valorado y han determinado su resolución, demuestran que el imputado se encuentra ubicado en tiempo y espacio y comprende que se encuentra sometido en la actualidad a un proceso penal y las consecuencias que acarrea el mismo” y más adelante continuaron fundamentando que “sería injusto y arbitrario mantener la declaración de incapacidad mental resuelta por el Juez de Instrucción, máxime advirtiendo que existen agregados informes profesionales, que entre otras cosas señalan… la peritación realizada en Rosario, las frases ‘yo no maté o torturé o creo en Dios’ denotan que podía comprender la ilicitud de lo que estaba en juzgamiento”. En el mismo sentido, en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL, se explayan manifestando que el Juez de Instrucción “no ha procedido acorde a lo establecido en el art. 262 y ss del CPMP obviando entrevista a los profesionales que trataron a Díaz Bessone y tampoco observó por sí mismo la situación de salud alegada por el imputado”.
Además de Díaz Bessone, quien fuera Comandante del Segundo Cuerpo de Ejército durante la última dictadura cívico-militar, los otros genocidas que están imputados en la causa son: Alberto Rivas (Capitán del Ejército); Jorge Appiani (Capitán Auditor del Ejército); José Anselmo Appelhans (Director de la Unidad Penal Nº 1); Hugo Mario Moyano (Agente Civil Médico del Servicio Penitenciario de E. R.) y Rosa Susana Bidinost (Directora de la Unidad Penal Nº 6).
Dentro del mismo expediente se investiga la desaparición de Jorge Emilio Papetti, por tal caso este año fueron llamados a prestar declaración indagatoria Naldo Miguel Dasso (Jefe del Regimiento de Caballería de Tiradores Blindado 6 “Blandengues” con asiento en la ciudad de Concordia); Gonzalo López Belsue (Teniente Primero. Cumpliendo funciones como Oficial Preventor) y José Anselmo Appelhans (Director de la Unidad Penal Nº 1). La causa “Dcia. comisión delitos de lesa humanidad años 1976/1977” es un desprendimiento de la causa conocida como Área Paraná, se tramita por el Código escrito y secreto por pedido de los genocidas y se investigan delitos cometidos contra una veintena de víctimas.

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